Ordenanzas Municipales. Cantón Salcedo: De la Urbanización “Plodis” Parque Logístico y Distribución Salcedo

Número de Boletín427
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Registro Ocial - Cuarto Suplemento Nº 427
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Jueves 8 de abril de 2021
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EL I. CONCEJO DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN SALCEDO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Plan Nacional del Buen Vivir 2013-2017 precisa que“…En la matriz productiva se
asienta la esencia de la realidad económica y social de los países. Para el Ecuador, su
transformación se vuelve la acción primordial que permitirá resolver el desempleo, la
pobreza y la inequidad…El cambio de la matriz productiva debe asentarse…en la
desconcentración de la producción de los polos actuales hacia los territorios, y
en la mejora continua de la productividad y la competitividad, de forma
transversal en todos los sectores de la economía.
La inclusión de nuevos actores en los procesos productivos generadores de
valor agregado incide positivamente en la distribución de la riqueza, ya que su
participación en la economía formal les asegura salarios y beneficios sociales en
el marco de la ley. Así mismo, la desconcentración de la producción hacia los
territorios, particularmente para el desarrollo de la producción generadora de
valor agregado, en franca contraposición con el desarrollo de polos industriales,
permite mejoras competitivas en los casos en que es posible aprovechar las
ventajas comparativas de los territorios, así como la eficiencia que se desprende
de canalizar su vocación productiva.
El esfuerzo que se realiza para el mejoramiento de la productividad de los
factores en la economía ecuatoriana corresponde a una necesidad
impostergable, transversal a todos los sectores e indispensable para la efectiva
transición hacia una economía generadora de alto valor agregado y tecnología,
sobre la base del conocimiento y el talento humano.
(Por eso)El tercer eje estructurante del Plan Nacional para el Buen Vivir es la
transformación del sistema económico para que efectivamente se convierta en
un sistema social y solidario, en el que converjan la economía de mercado, la
economía pública y la economía popular y solidaria. El nuevo sistema
económico tiene como centro y fin al ser humano, privilegia el mundo del trabajo
por sobre el capital y persigue el cambio de la matriz productiva...”
Las planificaciones estratégicas del GAD Municipal del Cantón Salcedo, de los años
2000 y 2010, determinan y reafirman la necesidad de crear una zona industrial en el
cantón, pero sus limitaciones económicas le han impedido cumplir con esta aspiración
de los Salcedenses. En medio de esta realidad innegable se presenta el proyecto
PARQUE LOGÍSTICO Y DISTRIBUCIÓN SALCEDO(PLODIS), impulsado por
capitales privados, que se enfoca en la construcción de soluciones logísticas,
diseñadas a la medida de la necesidad de cada empresa para dar soporte al proceso
de crecimiento de sus operaciones; y, adicionalmente contempla la implantación de
una zona industrial. De esa forma se planifica adecuadamente la utilización del suelo y
ayuda a la desconcentración de las industrias en las grandes provincias como Guayas
y Pichincha y que estos procesos productivos se diversifiquen para fomentar el empleo
y fortalecer la actividad económica en sectores que históricamente han sido excluidos.
En esa consideración el PARQUE LOGÍSTICO Y DISTRIBUCIÓN SALCEDO
(PLODIS) es un espacio territorial en el cual se agrupan una serie de actividades
industriales localizadas en terrenos apropiados, mismos que tienen la particularidad de
contar con servicios públicos básicos e indispensables para el desarrollo industrial.
PLODIS, tomará en cuenta las normas vigentes de uso y ocupación del suelo, de
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arquitectura y urbanismo, el cambio de la matriz productiva y la necesidad de elevar
los niveles de competitividad y productividad del Cantón, lo cual sin duda garantizará
la creación de nuevas fuentes de empleo y concentración de industrias evitando así la
generación de impactos ambientales dispersos, diversificando la productividad de
forma sostenible y sustentable en el cantón Salcedo.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SALCEDO
Vistos los informes:
(a) Informe técnico SN de aprobación de proyecto definitivo de urbanización:
Proyecto de urbanización “PLODIS” parque logístico y urbanización Salcedo,
emitido por el Director de Planificación, el 04 de diciembre de 2020 y su
respectivo Alcance.
(b) Informe jurídico emitido mediante memorando número PS- 0774- 2020, de
fecha 29 de diciembre del 2020
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 264 de la Constitución de la República dispone que los gobiernos
autónomos descentralizados municipales, entre otras, tendrán las siguientes
competencias exclusivas: “1. planificar el desarrollo cantonal y formular los
correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con
la planificación nacional, regional provincial y parroquial, con el fin de regular el
uso y la ocupación del suelo urbano y rural”; y, “2. ejercer el control sobre el
uso y ocupación del suelo en el Cantón”, potestades que guardan concordancia
con lo preceptuado en las letras a) y b) del artículo 55 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD);.
Que, el artículo 240 de la Constitución de la República manda que los gobiernos
autónomos descentralizados de los cantones tendrán facultades legislativas en
el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales; en concordancia,
los artículos 7, 29 letra a) y 57 letra a) del COOTAD ordenan que los concejos
municipales, para el ejercicio de sus competencias, tienen la capacidad para
dictar normas de carácter general a través de ordenanzas cantonales.";
Que, el artículo 283 de la Norma Suprema preceptúa que: "El sistema económico es
social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una
relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía
con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción
de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir.- El
sistema económico se integrará por las formas de organización económica
pública, privada, mixta, popular y solidaria, y las demás que la Constitución
determine. La economía popular y solidaria se regulará de acuerdo con la ley e
incluirá a los sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios.";
Que, el artículo 319 de la Constitución de la República manda que: "Se reconocen
diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras
las comunitarias, cooperativas, empresariales públicas o privadas, asociativas,
familiares, domésticas, autónomas y mixtas.

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