Cantón Samborondón: Que Expide La Segunda Ordenanza Reformatoria Parcial A La Ordenanza Que Crea Y Regula La Dependencia Pública Para El Funcionamiento Del Registro De La Propiedad
Fecha de disposición | 10 Octubre 2017 |
Fecha de publicación | 10 Octubre 2017 |
Número de Gaceta | 96 |
Martes 10 de octubre de 2017 – 9Registro Ofi cial Nº 96 – Suplemento
AGUA SANTA, PROVENIENTES DE ERRORES
DE CALCULO O MEDIDAS, de conformidad con
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
fue conocida, discutida y aprobada por el Concejo
Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Baños de Agua Santa, en sesiones
realizadas los días jueves 24 de agosto de 2017 en primer
debate y el jueves 14 de septiembre de 2017 en segundo y
defi nitivo debate.
Lo certifi co.
f.) Abg. Lourdes Sánchez H., Secretaria de Concejo, Enc.
SECRETARÍA GENERAL DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN BAÑOS DE AGUA SANTA.- A los
diecinueve días del mes de septiembre de 2017 a las
11h00.- Vistos: De conformidad con el inciso cuarto del
Autonomía y Descentralización, enviase tres ejemplares
de la presente Ordenanza, ante el señor Alcalde para su
sanción y promulgación.
f.) Abg. Lourdes Sánchez H., Secretaria de Concejo, Enc.
ALCALDÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
BAÑOS DE AGUA SANTA.- A los diecinueve días del
mes de septiembre de 2017, a las 14H00.- De conformidad
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, habiéndose observado el trámite legal
y por cuanto la presente Ordenanza está de acuerdo con la
Constitución y demás Leyes de la República. SANCIONO
para que entre en vigencia, a cuyo efecto y de conformidad
Territorial, Autonomía y Descentralización se publicará en
el Registro Ofi cial, la gaceta ofi cial y el dominio web de
la Institución.
f.) Mgs. Marlon Fabricio Guevara Silva, Alcalde del
cantón.
Proveyó y fi rmó la PRIMERA REFORMA A LA
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN
ADMINISTRATIVO DE REGULARIZACION DE
EXCEDENTE O DIFERENCIAS DE SUPERFICIES
DE TERRENO URBANO Y RURAL EN EL CANTON
BAÑOS DE AGUA SANTA, PROVENIENTES DE
ERRORES DE CALCULO O MEDIDAS, el Mgs.
Marlon Fabricio Guevara Silva, Alcalde del Cantón Baños
de Agua Santa.
Baños de Agua Santa, septiembre 19 de 2017.
Lo certifi co.
f.) Abg. Lourdes Sánchez H., Secretaria de Concejo, Enc.
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN SAMBORONDÓN
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su
Art. 66 numeral 25 garantiza “el derecho a acceder a bienes
y servicios públicos y privados de calidad, con efi ciencia,
efi cacia y buen trato, así como recibir información adecuada
y veraz sobre su contenido y características.
de la República del Ecuador dispone que los gobiernos
municipales en el ámbito de sus competencias y territorio
y en uso de sus facultades, expidan ordenanzas cantonales;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, es su
Art. 265 dispone que. “El sistema público del Registro de la
Propiedad será administrado de manera concurrente entre el
gobierno central y las municipalidades”;
Públicos, publicada en el Suplemento del Registro Ofi cial
No. 162 de fecha 31 de Marzo del 2010, manda en su Art.
19 que de conformidad con la Constitución de la República,
la Municipalidad de cada cantón o Distrito Metropolitano
se encargará de la estructuración administrativa del
Registro y su coordinación con el catastro, además que la
Dirección Nacional dictará las normas que regularán su
funcionamiento a nivel nacional;
Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos se faculta a
los gobiernos municipales la estructuración administrativa
de los registros de la propiedad en cada cantón.
Que, el Art. 142 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización dispone que
la administración de los Registros de la Propiedad de
cada cantón corresponde a los gobiernos autónomos
descentralizados municipales.
Que, en sesión ordinaria del Concejo Municipal Nº 10/2011
y Nº 11/2011, realizadas los días 11 y 17 de marzo del 2011
y publicada en el Suplemento del Registro Ofi cial Nº475 de
fecha 22 de junio del 2011, se publicó la ”ORDENANZA
QUE CREA Y REGULA LA DEPENDENCIA
PUBLICA PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD EN EL CANTÓN
SAMBORONDÓN”, así como en sesión ordinaria del
Concejo Municipal Nº 15/2013 y 18/2013 realizadas
los días 18 de abril del 2013 y 16 de mayo del 2013
publicada en el Suplemento del Registro Ofi cial Nº 35 de
fecha 12 de julio del 2013, se publicó la “ORDENANZA
REFORMATORIA PARCIAL A LA ORDENANZA QUE
CREA Y REGULA LA DEPENDENCIA PUBLICA
PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA
PROPIEDAD”.
Que, en ejercicio de la facultad que le confi ere el Art.
240 de la Constitución de la Republica, en concordancia
con lo establecido en los Art. 7 y 57 letra a) y 322 del
O
lizació
anto la p
ón y de
e en vig
del Código Orgánico de
nomía y Descentralizaci
la gaceta ofi c
A.-
017, a las 1
es contenidas en e
rganización Territo
n, habiéndose obse
presente Ordenanz
emás Leyes de la República
gencia, a cuyo efect
v
Código Orgánico de Organiz
y Descentralización se publicar
ofi cial y el dominio web
A
torial
servado e
anza está de a
más Leyes de la Repúbli
ncia a cuyo e
MUNI
ANTA.-
de 201
nes
Org
ón
p
demás Leyes de la República. SA
vigencia, a cuyo efecto y de conf
ódigo Orgánico de Or
n
22 del
Autonom
rámi
rmida
Códig
del
ad
o
fu
ite le
do con l
CION
y
ga
la
Q
Sist
los
Que,
ma
onf
namie
Nacion
nto a n
ordin
nal di
a
ació
da can
estruct
ó
Con
ntón o
ura
l 2
tituci
oD
o d
10, m
ó
dad
ión
n
Qu
T
e los
biern
regist
Naciona
os mu
lo p
de Re
escri
aciona
e
las norm
;
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba