Ordenanzas Municipales. Cantón Samborondón: Que regula el costo de la tarifa del Sistema Integrado de Vigilancia Ciudadana
Número de Boletín | 487 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Registro Ocial - Suplemento Nº 487
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Lunes 5 de julio de 2021
EL I. CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN
SAMBORONDÓN
autonomía política, administrativa y financiera, y de acuerdo al artículo
240 de la misma Constitución, tendrán facultades legislativas en el
ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales.
establece que el ejercicio de las competencias exclusivas no excluirá el
ejercicio concurrente de la gestión en la prestación de servicios públicos
y actividades de colaboración y complementariedad entre los distintos
niveles de gobierno;
establece que el Estado será responsable de la provisión, entre otros, de
los servicios públicos, los cuales deberán responder a los principios de
obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad,
universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
varias de la función del gobierno autónomo descentralizado municipal,
crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana municipal, con la
participación de la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos
relacionados con la materia de seguridad, los cuales formularán y
ejecutarán políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre
prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana;
Que, el artículo 55 del COOTAD en su letra e) determina como
competencia de los gobiernos autónomos descentralizados municipales,
el “Crear. Modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas,
tarifas y contribuciones especiales de mejoras”;
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