Cantón San Cristóbal de Patate: Que expide la segunda reforma a la Ordenanza para la administración del talento humano

Fecha de publicación09 Marzo 2023
Número de Gaceta789
Jueves 9 de marzo de 2023 Edición Especial Nº 789 - Registro Ocial
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SEGUNDA REFORMA A LA ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACIÓN
DEL TALENTO HUMANO DEL GAD MUNICIPAL DE SAN CRISTÓBAL DE
PATATE.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La carrera del servicio público tiene como fin obtener eficiencia en la función pública,
mediante la implantación del sistema de méritos y
oposición que garantice la
estabilidad de los servidores idóneos
permanentes;
se define a la carrera del servicio
público como, el conjunto
de políticas, normas, métodos y procedimientos orientados
a motivar el
ingreso y la promoción de las personas para desarrollarse
profesionalmente dentro de una secuencia de puestos que pueden ser ejercidos en
su trayectoria laboral, sobre la base del sistema de méritos,
la carrera del servicio
público garantizara la estabilidad, ascenso y promoción de sus servidoras y
servidores de conformidad con sus
aptitudes, conocimientos, capacidades,
competencias, experiencia, responsabilidad en el desempeño de sus funciones y
requerimientos institucionales, sin discriminación a las personas con discapacidad
mediante procesos de evaluación e incentivos económicos, para cumplir
con el rol social
de atender con eficiencia y oportunidad las necesidades
sociales para el desarrollo del
Buen Vivir como responsabilidad del Estado.
Es claro que, las aptitudes, conocimientos, capacidades, competencias,
experiencia,
responsabilidad en el desempeño de sus funciones y
requerimientos institucionales
son los elementos
que a más de posibilitar
el ingreso de una persona al servicio
público facilita los procesos de
ascenso y promoción de los servidores
públicos dentro
de la organización
en una secuencia de grupos ocupacionales; igualmente es claro que
los
elementos nacen
en
estudios previos, que toman
como
referencia la visión del
gobierno, los planes y programas, de sus proyectos y necesidades.
Tant o las aptitudes, conocimientos, capacidades, competencias,
experiencia,
responsabilidad en el desempeño de sus funciones y
requerimientos institucionales
deben
relacionarse
con
el
reconocimiento
o compensación en la ecuación a igual
trabajo, igual remuneración. No obstante, de la claridad de las referencias es
pertinente añadir que los cambios que posibiliten promociones o progresiones de los
servidores públicos deben incluir procesos de evaluación que aumenten la certeza
en
el reconocimiento y promoción del servidor público.
La Remuneración se convierte entonces en una consecuencia de conjugar
los elementos
mencionados; por tanto, tiene una real incidencia en la
carrera pública y profesional y
en la organización, de ahí que los cambios
deben estar revestidos de seguridad técnica
y jurídica.
En definitiva, el contar con la Ordenanza que armonice los elementos
mencionados y finalmente determinar una remuneración se constituye en una
impostergable necesidad.

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