Ordenanzas Municipales. Cantón San Felipe de Oña: Reformatoria a la Ordenanza que regula la determinación, cobro y exoneración de las contribuciones especiales de mejoras

Número de Boletín824
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición12 de Agosto de 2015

EL ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SAN FELIPE DE OÑA

Considerando:

Que, el artículo 240 de la Constitución de la República atribuye al Concejo Municipal la facultad legislativa seccional.

Que, el Art. 264 numeral 5 de la Constitución de la República faculta a los gobiernos autónomos descentralizados municipales en el ámbito de su jurisdicción Crear modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras.

Que, el Art. 301 de la Constitución de la República establece que solo por acto normativo de órgano competente se podrán establecer, modificar, exonerar y extinguir tasas y contribuciones.

Que, el Art. 7, artículo 29 literal a) y artículo 57 literal a del COOTAD otorga al Concejo Municipal la facultad normativa de expedir ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones,

Que, el Art. 322 del COOTAD prescribe que los proyectos de ordenanzas se referirán a una sola materia y que será sometido a dos debates realizados en días distintos para su aprobación.

Que, el Art. 186 del COOTAD prescribe que los gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos, mediante ordenanza podrán crear, modificar, exonerar o suprimir tasas y contribuciones especiales de mejoras generales o específicas, por procesos de planificación o administrativos que incrementen el valor del suelo o de la propiedad; por el establecimiento o ampliación de servicios públicos que son de su responsabilidad; el uso de bienes o espacios públicos; y, en razón de las obras que ejecuten dentro del ámbito de sus competencias y circunscripción.

Que, el Art. 569 del COOTAD prescribe que El objeto de la contribución especial de mejoras es el beneficio real o presuntivo proporcionado a las propiedades inmuebles urbanas por la construcción de cualquier obra pública, los concejos municipales o distritales podrán disminuir o exonerar el pago de la contribución especial de mejoras en consideración de la...

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