Ordenanzas Municipales GADMM 10-2015. Cantón San Francisco deMilagro: Que condona intereses, multas y recargos derivados de obligaciones tributarias de competencia del GADMCM

Número de Boletín549-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2015

EL ILUSTRE CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN FRANCISCO DE MILAGRO

Considerando:

Que, el Art. 301 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que solo por iniciativa de la Función Ejecutiva y mediante ley sancionada por la Asamblea Nacional se podrá establecer, modificar, exonerar o extinguir impuestos. Sólo por acto normativo de órgano competente se podrán establecer, modificar, exonerar y extinguir tasas y contribuciones: Las tasas y contribuciones especiales se crearán y regularán de acuerdo con la ley.

Que, el Art. 6 del Código Orgánico de Organización Territorial, autonomía y Descentralización (COOTAD) literal e), considera que está especialmente prohibido a cualquier autoridad o funcionario ajeno a los GADs, derogar impuestos, establecer exenciones, exoneraciones, participaciones o rebaja de los ingresos tributarios y no tributarios propios de los gobiernos autónomos descentralizados, sin resarcir con otra renta equivalente en su cuantía.

Que, la Ley Orgánica de Remisión de Intereses Multas y Recargos publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 493 del 5 de mayo del 2015, en su Art. 4, considera que mediante ordenanza los gobiernos autónomos descentralizados, dentro de los plazos, términos y condiciones previstos en esa ley, podrán condonar intereses, multas y recargos derivados de obligaciones tributarias de su competencia, originadas en la ley o en sus respectivas ordenanzas, incluyendo a...

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