Ordenanzas Municipales. Cantón San Francisco De Puebloviejo: Modificatoria A La Ordenanza Modifi Cada De Regulación, Administración Y Tarifas De Agua Potable Y Alcantarillado De La Empresa Pública De Agua Potable Y Alcantarillado

Número de Boletín23
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 27 de junio de 2017 – 47Registro Of‌i cial Nº 23
Art. 2.- La presente Ordenanza Modif‌i catoria, entrará
en vigencia una vez publicada en el Registro Of‌i cial, sin
perjuicio de su publicación en la Gaceta Of‌i cial y el domino
web de la institución.
Art. 3.- A partir de la vigencia de la presente Ordenanza
Modif‌i catoria, quedan derogadas y sin efecto alguno
cualquier otra Ordenanza, Resolución, y, demás
disposiciones que se opongan a la misma.
Dado y f‌i rmado, en la Sala de Sesiones del Concejo Cantonal
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón San Francisco de Puebloviejo, a los veinticinco días
del mes de abril del dos mil diecisiete.
f.) Lic. Tanya Ulloa Zamora, Vicealcaldesa del GAD
Municipal.
f.) Ab. Ricardo Garnica Enderica, Secretario del GAD
Municipal.
CERTIFICACION DE DISCUSIÓN.- El infrascrito
Secretario Titular del Cabildo, certif‌i ca: Que la Ordenanza
Modif‌i catoria a la Ordenanza Reformatoria a la Ordenanza
Sustitutiva a la Ordenanza que Reglamenta el cobro de
Tasas por Servicios Técnicos y Administrativos en el GAD
Municipal de San Francisco de Puebloviejo, fue discutida
y aprobada en las Sesiones realizadas los días veintiuno y
veinticinco de abril del dos mil diecisiete.
f.) Ab. Ricardo Garnica Enderica, Secretario del GAD
Municipal.
SECRETARIA DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTON
SAN FRANCISCO DE PUEBLOVIEJO.- Remítase
al Despacho de la Alcaldía original y dos copias de la
Ordenanza Modif‌i catoria a la Ordenanza Reformatoria a la
Ordenanza Sustitutiva a la Ordenanza que Reglamenta el
cobro de Tasas por Servicios Técnicos y Administrativos
en el GAD Municipal de San Francisco de Puebloviejo,
en cumplimiento a lo que dispone el artículo 322 del
Descentralización para su correspondiente sanción y puesta
en vigencia.
f.) Ab. Ricardo Garnica Enderica, Secretario del GAD
Municipal.
ALCALDÍA DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTON
SAN FRANCISCO DE PUEBLOVIEJO. VISTOS:-
Puebloviejo a los veintisiete días del mes de abril del
dos mil diecisiete, siendo las 09h30. De conformidad con
lo dispuesto en el artículo 324 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
habiéndose observado el trámite legal, expresamente
sanciono la presente Ordenanza Modif‌i catoria a la
Ordenanza Reformatoria a la Ordenanza Sustitutiva a la
Ordenanza que Reglamenta el cobro de Tasas por Servicios
Técnicos y Administrativos en el GAD Municipal de San
Francisco de Puebloviejo, para su puesta en vigencia y
promulgación de conformidad con la Ley, y su publicación
en el Registro Of‌i cial
f.) Ab. Carlos Ortega Barzola, Alcalde del Cantón.
PROVEIDO: Firmó y sancionó la presente Ordenanza
Modif‌i catoria a la Ordenanza Reformatoria a la Ordenanza
Sustitutiva a la Ordenanza que Reglamenta el cobro de
Tasas por Servicios Técnicos y Administrativos en el
GAD Municipal de San Francisco de Puebloviejo, el Señor
Ab. Carlos Ortega Barzola, Alcalde de San Francisco
de Puebloviejo, en el lugar y fecha por él señaladas. Lo
Certif‌i co.
Puebloviejo, Abril 27 del 2017.
f.) Ab. Ricardo Garnica Enderica, Secretario del GAD
Municipal.
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DEL CANTÓN PUEBLOVIEJO.- SECRETARÍA
MUNICIPAL.- Certif‌i co que es f‌i el copia a su original.- f.)
Ilegible, Secretario General.
EL CONCEJO CANTONAL DEL
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTON SAN FRANCISCO DE
PUEBLOVIEJO
Considerando:
Que, el Artículo 301 de la Constitución establece que
“solo por acto normativo de órgano competente se
podrán establecer, modif‌i car, exonerar y extinguir tasas y
contribuciones, y éstas se crearán y regularán de acuerdo
con la ley; lo que guarda armonía con el Artículo 57
Autonomía y Descentralización;
Autonomía y Descentralización, faculta a los Gobiernos
Autónomos Descentralizados Municipales, a realizar
actualizaciones generales de valoración de los ingresos
tributarios, como de los no tributarios;
Que, con fecha 24 agosto del 2012 el Concejo Cantonal
dictó la Ordenanza de Regulación, Administración y
Tarifas de Agua Potable y Alcantarillado de la Empresa
Pública de Agua Potable y Alcantarillado del Cantón San
Francisco de Puebloviejo, EPAP-Puebloviejo; la misma
que fue publicada en el Registro Of‌i cial No. 829 del 13
de noviembre del 2012; la misma que fue modif‌i cada con
fecha cuatro de julio del 2016, y publicada en el Registro
Of‌i cial No. 814 de fecha 6 de enero del 2017.
Que, los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Municipales, tienen facultad para crear, modif‌i car,
exonerar o suprimir mediante Ordenanza tasas, tarifas y
Contribuciones Especiales de Mejoras y más resoluciones,
para actualizar los parámetros específ‌i cos para la
determinación del valor a cobrar dentro de los ingresos
Tributarios y no tributarios, para incrementar de alguna
forma los ingresos propios como base para el presupuesto
municipal;
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