Cantón San Francisco de Puebloviejo: Modificatoria a la Ordenanza modificada que establece el cobro de la tasa por el servicio de recolección de basura y aseo público

Fecha de publicación25 Enero 2019
Número de Gaceta414
44 – Viernes 25 de enero de 2019 Registro O cial Nº 414
El acceso a las piscinas se lo realizará por la zona de
la boletería, debiendo adquirir previamente la entrada
correspondiente en el que estará impreso el precio
estipulado en la Ordenanza.
USO DEL BAR.
En las instalaciones de la piscina funcionará un bar, en
el que se expenderá alimentos y bebidas de hidratación
a excepción de bebidas de alto grado de contenido
alcohólico y cigarrillos.
No se expenderá bebidas en recipientes de vidrios u
otros materiales peligrosos.
• El bar será entregado en arrendamiento mediante
remate público por dos años, cuyas bases serán jadas
por la Procuraduría Síndica del GAD Municipal del
cantón Salcedo.
• El adjudicatario deberá observar normas de buen
comportamiento, buena atención a los usuarios y al
personal que laboran en las instalaciones de la piscina.
Observará los parámetros de asepsia en el expendio
de alimentos y bebidas, limpieza del sitio de trabajo
cumpliendo las normas que establece la ley, incluso
para el personal de atención.
El horario de atención será el mismo que rige en la
piscina municipal.
Art. 12.- La Dirección de Desarrollo Social, Área de
Turismo, anunciará oportunamente los cierres de las
instalaciones, por motivos de limpieza, labores de
mantenimiento, renovación del agua, tratamiento y
calori cación de la piscina, así como por causas fortuitas
o de fuerza mayor.
INFRACCIONES Y SANCIONES.
Art. 13.- La administración de la Piscina podrá expulsar a
quien incurra en violación de las normas establecidas para
el buen uso de las instalaciones.
DISPOSICIÓN FINAL
Art. 14.- La socialización de las normas de este reglamento
se llevará a cabo por el área de Comunicación So cial.
Dado en la sala de sesiones del I. Concejo del GAD
Municipal del Cantón Salcedo a los seis días del mes de
noviembre del 2018.
f.) Ab. Darío Proaño Altamirano, Vice Alcalde del cantón
Salcedo.
f.) Ab. Wilmo A. Gualpa C., Secretario General.
CERTIFICO: Que el presente REGLAMENTO DE
USO Y FUNCIONAMIENTO DE LA PISCINA
MUNICIPAL, fue discutida y aprobada por el I. Concejo
del GAD Municipal del Cantón Salcedo en sesión
ordinaria del martes 6 de noviembre de 2018.
f.) Ab. Wilmo A. Gualpa C., Secretario General del I.
Concejo.
SECRETARÍA DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTON
SALCEDO.- a los nueve días del mes de noviembre del dos
mil dieciocho, a las 09h00. Vistos de conformidad con el
Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, remítase tres ejemplares
del REGLAMENTO DE USO Y FUNCIONAMIENTO
DE LA PISCINA MUNICIPAL, ante el señor Alcalde
para su sanción y promulgación.- Cúmplase.
CERTIFICO:
f.) Ab. Wilmo A. Gualpa C., Secretario General del I.
Concejo.
ALCALDIA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL
CANTON SALCEDO.- En San Miguel de Salcedo a los
doce días del mes de noviembre de 2018, de conformidad
a lo establecido en el Art. 322 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
habiéndose observado el trámite legal y por cuanto el
presente está de acuerdo con la Constitución y leyes
de la República del Ecuador, esta Alcaldía sanciona el
REGLAMENTO DE USO Y FUNCIONAMIENTO
DE LA PISCINA MUNICIPAL, sin perjuicio de la
publicación en la Gaceta O cial. Las 09h00
PROMULGUESE Y EJECUTESE
f.) Ing. Héctor Gutiérrez Padilla, Alcalde del GAD
Municipal Salcedo.
Proveyó y rmó el REGLAMENTO DE USO Y
FUNCIONAMIENTO DE LA PISCINA MUNICIPAL,
que antecede el señor Ing. Héctor Gutiérrez Padilla,
Alcalde del GAD Municipal del Cantón Salcedo, el día
lunes doce de noviembre de dos mil dieciocho. Las 09h00.
CERTIFICO:
f.) Ab. Wilmo A. Gualpa C., Secretario General del I.
Concejo.
EL GOBIERNO AUTONOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON
SAN FRANCISCO DE PUEBLOVIEJO
Considerando:
Que, de conformidad con lo previsto en el Art. 264 de la
Constitución de la República del Ecuador los gobiernos
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