Ordenanzas Municipales. Cantón San Francisco de Puebloviejo: Que reforma a la Ordenanza de extinción y liquidación de la Empresa Pública de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario

Número de Boletín435
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 20 de abril de 2021Registro Of‌i cial - Segundo Suplemento Nº 435
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EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
SAN FRANCISCO DE PUEBLOVIEJO
CONSIDERANDO:
Que, los numerales 2 y 4 del artículo 225 de la Constitución de laRepública del
Ecuador señala que el sector público comprende a las entidades que integran el
régimen autónomo descentralizado; y, a las personas jurídicas creadas por acto
normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de
servicios públicos;
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa
y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
territorial, integración y participación ciudadana, encontrándose entre ellos los
gobiernos municipales;
Que, el artículo 240 de la Constitución de la República del Ecuador señala que lo s
gobiernos autónomos descentralizados de los cantones tendrán facultades legislativas
en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales; y que, todos los
gobiernos autónomos descentralizados ejercerán facultades ejecutivas en el ámbito de
sus competencias y jurisdicciones territoriales;
Que, el artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, prescribe que la autonomía política, administrativa y financiera de
los gobiernos autónomos descentralizados prevista en la Constitución comprende el
derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante
normas y órganos de gobierno propios, en sus respectivas circunscripciones
territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en
beneficio de sus habitantes;
Que, el artículo 7 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, reconoce a los concejos municipales la capacidad para dictar
normas de carácter general a través de ordenanzas aplicables dentro de su
circunscripción territorial;
Descentralización describe la naturaleza de los gobiernos autónomos descentralizado s
municipales, señalando que son personas jurídicas de derecho público, con autonomía
política, administrativa y financiera;

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