Ordenanzas Municipales. Cantón San Jacinto de Buena Fe: Que expide la segunda reforma a la Ordenanza que regula el uso, funcionamiento y administración de la Plazoleta Centenario

Número de Boletín490
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Viernes 17 de mayo de 2019 – 47Registro Of‌i cial Nº 490
CERTIFICO.- El infrascrito Secretario General del
Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Lago
Agrio, certifico, que el señor Alcalde del Cantón Lago
Agrio, Ab. Vinicio Vega, proveyó, sancionó, firmó y
ordenó la promulgación de la ordenanza, antes señalada,
el veintiocho de febrero de 2019.
Nueva Loja, veintiocho de febrero de 2019.
f.) Dr. Benjamín Granda Sacapi, Secretario General del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón Lago Agrio.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DE SAN JACINTO DE BUENA FE
Considerando:
Que, el viernes 29 de diciembre del año 2017, en
el Registro Oficial – Edición Especial Nro. 194, se
publicó la ORDENANZA QUE REGULA EL USO,
FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE LA
PLAZOLETA CENTENARIO EN EL CANTÓN SAN
JACINTO DE BUENA FE;
Que, el lunes 26 de noviembre del año 2018, en el
Registro Oficial – Edición Especial Nro. 641, se publicó
la REFORMA A LA ORDENANZA QUE REGULA EL
USO, FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE
LA PLAZOLETA CENTENARIO EN EL CANTÓN
SAN JACINTO DE BUENA FE;
Artículo 277, numeral 4, establece que para la consecución
del buen vivir serán deberes generales del Estado: 4.-
Producir bienes, crear y mantener infraestructuras y
proveer servicios públicos;
Artículo 83, numeral 15, establece las responsabilidades:
15.- Cooperar con el Estado en la seguridad social, y
pagar los tributos establecidos por la Ley;
Que, la Ley Orgánica de Régimen Tributaria Interno,
en su Art. 56 estipula lo siguiente.- El impuesto al valor
agregado IVA, graba a todos los servicios, entendiéndose
como tales a los prestados por el Estado, entes públicos,
sociedades o personas naturales sin relación laboral,
a favor de un tercero, sin importar que en la misma
predomine el factor material o intelectual, a cambio
de una tasa, un precio pagado en dinero, especie, otros
servicios o cualquier otra contraprestación;
Autonomía y Descentralización, publicado en el Registro
Oficial Nº 166, del 21 de enero del 2014, determina
claramente las fuentes de obligación tributaria;
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
otorga a los municipios la facultad de regular mediante
ordenanza, la aplicación de tributos municipales
previstos en la ley a su favor;
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
otorga la atribución a los concejales de presentar
proyectos de ordenanzas cantonales, en el ámbito de
competencia del gobierno autónomo descentralizado
municipal;
Que, en la anterior Reforma a la Ordenanza que Regula
el Uso, Funcionamiento y Administración de la Plazoleta
Centenario en el Cantón San Jacinto de Buena Fe; en
lo referente al reajuste del canon de arrendamiento, no
se consideró el impuesto al valor agregado 12% del
IVA, para los locales de la Plazoleta Centenario que se
encuentran arrendados a los diferentes comerciantes, ya
que el único servicio o cualquier otra contraprestación
que se encuentran grabados con tarifa cero (0% ) es el
alquiler o arrendamiento de inmuebles exclusivamente
para vivienda; y,
Que, el Concejo del gobierno autónomo descentralizado
del cantón San Jacinto de Buena Fe, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 240 de la
con el artículo 7 y literal a) del artículo 57 del Código
Descentralización.
Expide:
LA SIGUIENTE SEGUNDA REFORMA A
LA ORDENANZA QUE REGULA EL USO,
FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE LA
PLAZOLETA CENTENARIO EN EL CANTÓN SAN
JACINTO DE BUENA FE.
Art. 1.- En el Art. 9 después del último inciso agréguese
un nuevo inciso que dirá:
En el canon de arrendamiento mensual de cada local
comercial, está incluido el Impuesto al Valor Agregado
IVA 12%.
Art. 2.- Sustitúyase el acápite de DISPOSICIONES
FINALES, por el siguiente:
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.- La presente ORDENANZA QUE
REGULA EL USO, FUNCIONAMIENTO Y
ADMINISTRACIÓN DE LA PLAZOLETA
CENTENARIO EN EL CANTÓN SAN JACINTO
DE BUENA FE, entrará en vigencia al día siguiente
de su publicación en el Registro Oficial, sin perjuicio
de su publicación en la Gaceta Oficial, y Pagina Web
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