Ordenanzas Municipales. Cantón San Jacinto de Yaguachi: Que Reforma a la Ordenanza que regula el servicio de cementerios, publicada en el Registro Oficial N° 268 del lunes 16 de junio del 2014

Número de Boletín882
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición22 de Abril de 2016

EL CONCEJO CANTONAL DE SAN JACINTO

DE YAGUACHI

Considerando:

Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 225 numeral 2 que el sector público comprende: "Las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado;

Que, la Constitución de la República vigente establece en el artículo 227 establece que: "La Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que, la Constitución de la República en su artículo 240 manifiesta que; "Los gobiernos autónomos descentralizados de los cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales;

Que, el artículo 277 de la Constitución de la República en su numeral 4 indica que para la consecución del buen vivir serán deberes generales del Estado, producir bienes, crear y mantener infraestructura y proveer servicios públicos.

Que, el artículo 28 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), en su primer inciso dice; Cada circunscripción territorial tendrá un Gobierno Autónomo Descentralizado, para la promoción del desarrollo y la garantía del buen vivir a través del ejercicio de sus competencias;

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) en su artículo 54 literal l) establece que son funciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, prestar los servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no exista una explícita reserva legal a favor de otros niveles de gobiernos, así como la Elaboración, manejo y expendio de víveres; servicios de Faenamiento, plazas de mercado y cementerios;

Que, el artículo 7 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) indica que los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades que de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los Consejos Regionales Y Provinciales, Concejos Metropolitanos Y Municipales, la capacidad para dictar normas de carácter general, a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial.

Que, el...

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