Ordenanzas Municipales. Cantón San Miguel De Bolívar: Para El Cobro De Tasas Por Servicios Y Documentos Valorados Que Se Tramitan En La Unidad Técnica De Transporte Terrestre Tránsito Y Seguridad Vial

Número de Boletín1032
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 22 de mayo de 2017 – 41Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 1032
b) Transporte de agua potable dentro del cantón Pedro Moncayo,
costo de 0.53% SBU/kilómetro;
c) Las inspecciones exento las realizadas al obtener la patente; y,
reinspección en general, se aplicará el siguiente cuadro.
CATEGORIA PERSONAS SBU
A 1 a 5 1,25%
B 6 a 25 2%
C 26 a 100 3,75%
C 101 en adelante 5,50%
d) Permiso de habitabilidad, tiene el costo de 5,33% SBU;
e) Visto bueno de construcciones, tiene el costo de 0.1%
del valor del proyecto;
f) Servicios de Ambulancia en Eventos Públicos y
Privados dentro del cantón Pedro Moncayo, tiene el
costo de 2,5% SBU/hora;
Art. 8.- Están exentos del pago de tasas, los siguientes
servicios:
a) Los servicios de capacitación en temas de prevención
de incendios dictados a las organizaciones sociales sin
f‌i nes de lucro y/o las instituciones públicas;
b) El transporte de agua potable, cuando la entrega sea a
consecuencia de escasez declarada por parte de la E.P.
EMASA P.M.; y,
c) El servicio de ambulancia destinado para eventos
públicos organizados por instituciones públicas.
Art. 9.- Destino de lo recaudado.- Los valores recaudados
por tasas administrativas por los servicios prestados por
el Cuerpo de Bomberos “C.B.P.M.” adscrito al GAD
Municipal del cantón Pedro Moncayo, ingresarán al
presupuesto del Cuerpo de Bomberos “C.B.P.M.”, para que
se considere en el presupuesto anual.
DISPOSICIÓN GENERAL
PRIMERA.- Quedan derogadas todas las disposiciones
legales e internas que se opongan a la aplicación de esta
Ordenanza.
Disposición f‌i nal.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
una vez publicado en el Registro Of‌i cial.
Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal, el 13
de abril del 2017.
f.) Sr. Nelson Marcelo Mora Zurita, Vicealcalde.
f.) Rodrigo Pinango Castillo M.Sc., Secretario General.
CERTIFICADO DE DISCUSIÓN
El infrascrito Secretario General del Concejo Municipal del
cantón Pedro Moncayo, certif‌i ca que la presente Ordenanza
fue discutida y aprobada en dos debates, en sesiones del 23
de marzo del 2017; y, el 13 de abril del 2017.- Tabacundo,
14 de abril del 2017.
f.) Rodrigo Pinango Castillo M.Sc., Secretario General del
Concejo Municipal del Cantón Pedro Moncayo.
ALCALDÍA DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN
PEDRO MONCAYO.- Tabacundo a 20 de abril del 2017.
EJECÚTESE:
f.) Sr. Nelson Marcelo Mora Zurita, Alcalde Subrogante del
GAD Municipal del Cantón Pedro Moncayo.
CERTIFICO.- Que la presente Ordenanza fue sancionada
por el Señor Nelson Marcelo Mora Zurita, Alcalde
subrogante del GAD Municipal del cantón Pedro Moncayo,
el 20 de abril del 2017. Tabacundo, 20 de abril del 2017.
f.) Rodrigo Pinango Castillo M.Sc., Secretario General del
Concejo Municipal del Cantón Pedro Moncayo.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
SAN MIGUEL DE BOLÍVAR
Considerando:
Que, el Art.- 238 de la Constitución de la República
del Ecuador establece que; los gobiernos autónomos
descentralizados gozarán de autonomía política,
administrativa y f‌i nanciera, y se regirán por los principios
de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana. En ningún caso el
ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio
nacional.
Que, el Art.- 425 de la Constitución de la República del
Ecuador establece que; la jerarquía normativa considerará,
en lo que corresponda, el principio de competencia, en
especial la titularidad de las competencias exclusivas de los
gobiernos autónomos descentralizados.
Que, el Art.- 300 de la Constitución de la República del
Ecuador determina qué; el régimen tributario se regirá por
los principios de generalidad, progresividad, ef‌i ciencia,
simplicidad, administrativa, irretroactividad, equidad,
transparencia y suf‌i ciencia recaudatoria. Se priorizarán
los impuestos directos y progresivos. La política tributaria
promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR