Ordenanzas Municipales. Cantón San Pedro de Huaca: De gestión integral de residuos sólidos

Número de Boletín292
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN SAN PEDRO DE HUACA

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 10 reconoce a la naturaleza como sujeto de derechos;

Que, el artículo 14 de la Constitución de la República reconoce a la población el derecho a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay; y, declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados;

Que, el artículo 15 de la Constitución de la República señala que el Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto;

Que, el artículo 66, numeral 27 de la Constitución de la República garantiza a las personas el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza;

Que, el artículo 83, numeral 6 de la Constitución de la República establece que son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, entre otros, el respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible;

Que, el artículo 240 de la Constitución de la República determina que los gobiernos autónomos descentralizados tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales:

Que, el artículo 276, numeral 4 de la Constitución de la República señala que el régimen de desarrollo tendrá entre otros objetivos, el recuperar, conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural;

Que, según lo dispuesto en el artículo 54 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; es función de los Gobiernos Municipales Autónomos Descentralizados, regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal de manera articulada con las políticas ambientales nacionales;

Que, el artículo 55, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización son competencias exclusivas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales; prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley;

Que, el artículo 27 del Código Orgánico Ambiental, establece las facultades de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipal en materia ambiental dentro de sus competencias, y que dentro del literal 7 del presente artículo estipula Generar normas y procedimientos para la gestión integral de los residuos y desechos para prevenirlos, aprovecharlos o eliminarlos, según corresponda.

Que, la gestión de los residuos sólidos debe ser considerada en forma integral desde la generación, clasificación, barrido, recolección, disposición final y tratamiento de los Residuos Sólidos;

Que, la gestión integral de los residuos sólidos debe ser realizada por la Unidad de Gestión Ambiental, con la participación de la ciudadanía del Cantón;

Que, existe descuido y falta de compromiso ambiental por parte de la ciudadanía quien arroja residuos como (envolturas, plásticos, papeles) en las vías y espacios públicos aun cuando existen depósitos y basureros en vías y aceras;

Que, existe acumulación residuos menores en calles y avenidas, por lo que se requiere un grupo permanente de barrido dentro del área urbana del cantón;

Que, se debe crear sensibilidad y conciencia ciudadana en materia de la gestión integral de los residuos sólidos;

Que, es un deber de la Municipalidad velar por la salud de la comunidad a fin de proporcionarles debida atención y así propender a su bienestar físico, mental y social;

Que, es menester contar con una ordenanza que reglamente las normas de la gestión integral de los residuos sólidos en el Cantón;

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización(COOTAD) en sus Artículos 57 literales a), b) y c) y, 568 literal d), faculta a los Gobiernos Autónomos Descentralizados crear tasas por la prestación de los servicios públicos. En uso de las atribuciones que le confiere los artículos 57 literal b) y 324 del COOTAD. En uso de sus atribuciones que le confieren las leyes vigentes,

Expide:

LA ORDENANZA MUNICIPAL DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL CANTÓN SAN PEDRO DE HUACA.

CAPITULO I Artículos 1 a 8

DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

Art. 1 DEL OBJETO.- El presente capítulo tiene por objeto establecer y regular el funcionamiento del Sistema de Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Cantón San Pedro de Huaca

Fija las normas, principios y procedimientos por los que se rige el sistema. Establece los derechos, deberes, obligaciones y responsabilidades, que son de cumplimiento y observancia de las y los ciudadanos, de las empresas, organizaciones, personas jurídicas, públicas, privadas y comunitarias, que habitan, usan o transiten dentro de territorio.

Esta gestión integral será operada, por sí misma a través de la Unidad de Gestión Ambiental del GAD Municipal San Pedro de Huaca.

Art. 2 FINES DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS.- Son fines del sistema de gestión integral de residuos sólidos en el Cantón San Pedro de Huaca, los siguientes:
  1. Fomentar la cultura de aseo y limpieza dentro del Cantón San Pedro de Huaca, como uno de los pilares fundamentales para alcanzar el Buen Vivir de la población y garantizar el ejercicio de sus derechos y los de la naturaleza;

  2. Desarrollar y garantizar el sistema integral de gestión de los residuos sólidos, desde la prevención en su generación hasta la disposición final;

  3. Prevenir y evitar los posibles riesgos y el peligro que puedan causar los residuos o su manejo a la salud de operadores, gestores y población en general, y al ambiente;

  4. Reducir la generación de residuos sólidos desde la fuente de generación;

  5. Fomentar la responsabilidad en el ciclo de residuos sólidos, por parte de la comunidad generando separación en la fuente y aprovechando, su reutilización y reciclaje, generando sensibilidad al ambiente.

  6. Minimizar y mitigar el impacto en la salud y en el medio ambiente, ocasionado desde la generación hasta la eliminación de los residuos sólidos;

  7. Establecer mecanismos que garanticen a las y los ciudadanos su participación en la gestión y fiscalización del sistema de gestión integral de residuos sólidos;

  8. Promover, en el marco de los vínculos, los acuerdos de mancomunidad y otros convenios con las municipalidades de territorios vecinos y de la región, con políticas, estrategias y soluciones de gestión concurrente en la gestión de residuos;

Art. 3

ÁMBITO DE APLICACIÓN.- Establece las normas, principios, instrucciones y mecanismos propios de la política municipal referida a la generación y manejo integral de residuos sólidos, para un eficiente y eficaz servicio de aseo público, recolección, transporte, reciclaje y disposición final; fija las funciones que tendrá cada actor en los procesos; promueve los principios, fines, e instrumentos de estímulo, control y sanción; y, da el marco para el financiamiento y asignación de los recursos necesarios para la gestión sustentable, responsable y moderna de los residuos sólidos.

Las condiciones para implantar, administrar y desarrollar el sistema integral de gestión de residuos sólidos en el Cantón San Pedro de Huaca, con los procedimientos pertinentes para que todos los sujetos antes indicados, puedan intervenir en sus diferentes fases, tanto para evitar y reducir la contaminación, cuanto para separar, reciclar, reparar y reutilizar residuos antes de desecharlos y depositarlos o eliminarlos de forma definitiva, constituyen también ámbitos abordados en esta ordenanza.

Esta regulación comprende a todos los residuos sólidos que se generan, manejan y disponen en territorio, sean estos comunes, o peligrosos, a excepción de los residuos radioactivos y mineros.

El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal San Pedro de Huaca, por si mismo a través la Unidad de Gestión Ambiental y Comisaria Municipal que componen la gestión integral de residuos sólidos, son responsables de la aplicación de las normas de esta ordenanza y de su observancia.

Art. 4 COMPONENTES FUNCIONALES DEL SISTEMA DE MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS.- Para efectos de esta ordenanza, se consideran como componen del sistema de manejo integral de residuos sólidos, los siguientes:
  1. Barrido y limpieza de vías, áreas y espacios públicos;

  2. Recolección y Transporte de Residuos Sólidos;

  3. Reducción, Separación y Tratamiento de Residuos Sólidos; y,

  4. Disposición final y/o eliminación de Residuos Sólidos.

Art. 5 PRINCIPIOS QUE RIGEN EL SISTEMA DE MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS.- La aplicación de los artículos de este capítulo, se enmarca en los siguientes principios:
  1. Jerarquía de los principios de prevención, precaución y control, respecto a los de mitigación y remediación de la contaminación en la gestión integral de residuos. En consecuencia, esta última debe hacerse considerando las acciones e intervenciones necesarias para:

    1. Reducción en la fuente, como la manera más efectiva para evitar y atenuar la creciente generación de residuos en su origen;

    2. Aprovechamiento, ya sea en la misma cadena de producción y consumo o en...

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