Ordenanzas Municipales. Cantón San Pedro de Pelileo: Que expide la primera reforma a la Ordenanza de presupuesto participativo correspondiente al ejercicio económico 2021

Número de Boletín547
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 28 de septiembre de 2021Registro Ocial - Tercer Suplemento Nº 547
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CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN PEDRO DE PELILEO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en el
Capítulo VII del Título VI, Presupuesto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados,
establece la normatividad y procedimiento para la formulación, elaboración, aprobación,
ejecución y evaluación del presupuesto, cuyo ejercicio financiero iniciará el primero de
enero y terminará el treinta y uno de diciembre de cada año.
Conforme lo establece el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización respecto de los presupuestos de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados, en su artículo 255 indica “Una vez sancionado y aprobado el
presupuesto sólo podrá ser reformado por alguno de los siguientes medios: traspasos,
suplementos y reducciones de créditos. (…)
En este sentido, el Departamento Financiero ha elaborado el proyecto de Primera Reforma
a la Ordenanza Presupuestaria del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón San
Pedro de Pelileo correspondiente al ejercicio económico 2021, en función de las normas
contenidas en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Públicas (COPLAFIP).
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN PEDRO DE
PELILEO
CONSIDERANDO
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que: “Los
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y
financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación ciudadana. (…)
Que, el artículo 286 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que “Las
finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno, se conducirán de forma sostenible,
responsable y transparente y procurarán la estabilidad económica. Los egresos
permanentes se financiarán con ingresos permanentes. (…)
Martes 28 de septiembre de 2021 Tercer Suplemento Nº 547 - Registro Ocial
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Que, el artículo 287 de la Constitución de la República del Ecuador, respecto de la política
fiscal, dispone que: “Toda norma que cree una obligación financiada con recursos
públicos establecerá la fuente de financiamiento correspondiente. Solamente las
instituciones de derecho público podrán financiarse con tasas y contribuciones especiales
establecidas por ley”;
Que, el literal g) del Art. 57 del COOTAD, Atribuciones del Concejo Municipal, señala:
literal g) Aprobar u observar el presupuesto del gobierno autónomo descentralizado
municipal, que deberá guardar concordancia con el plan cantonal de desarrollo y con el
de ordenamiento territorial; así como garantizar una participación ciudadana en el marco
de la Constitución y la ley. De igual forma, aprobará u observará la liquidación
presupuestaria del año inmediato anterior, con las respectivas reformas.
Que, los artículos 215 y siguientes del COOTAD establecen la forma y el modo con el
que se tratará los aspectos relacionados con el presupuesto de los gobiernos autónomos
descentralizados y la estructura presupuestaria;
Que, mediante Resolución # 109-25-11-2020-GADMCSPP de fecha 25 de noviembre de
2020, el Seno del Concejo Municipal en Pleno, Resolvió: “Aprobar en SEGUNDO Y
DEFINITIVO DEBATE LA ORDENANZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
SAN PEDRO DE PELILEO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO
2021”, y publicada en el Registro Oficial Edición Especial No. 1405 del 18 de diciembre
de 2020.
En ejercicio de las atribuciones legales establecidas en los artículos 240 de la
EXPIDE LA:
PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA DE PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN PEDRO DE PELILEO
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ECONÓMICO 2021
Artículo Único. - Apruébese la Primera Reforma a la Ordenanza de Presupuesto
Participativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San Pedro
de Pelileo para al ejercicio económico 2021, contenido en el Informe No. 09-DF-
GADMCSPP-2021.
Disposición General Única. - Esta Ordenanza entrará en vigencia a partir de su
aprobación, sin perjuicio de su publicación en la página web institucional y publicación
en el Registro Oficial.

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