Ordenanzas Municipales. Cantón San Vicente: De aprobación y vigencia del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial 2019 - 2023

Número de Boletín1843
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 5 de enero de 2022 Edición Especial Nº 1843 - Registro Ocial
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EXPOSICIÓN DE MOT IVOS
Las ordenanzas so n instrumentos es enciales que constituyen el marco jurídico de los
gobiernos autónomos descentralizados para ejecutar las disposiciones legales y
constitucionales que los rigen. Por esta razón es necesario que las mismas respon dan a un
esquema de gestión oportuna a favor de los ciudadanos, que evite trámites burocráticos
innecesarios.
Luego de aprobación de la actual Constitución de la República, el Gobierno Central ha
establecido lineamientos específicos para la planificac ión del desarrollo y o rdenamiento
territorial con base en la implementación de un nuevo S istema Nacional Descentralizado de
Planificación Participativa.
Por lo tanto, es necesario contar con el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, para
poder establecer y articular las políticas, objetivos, estrategias y acciones como parte del
diseño, ejecución y evaluación de planes, programas y proyectos, en el ámbito de sus
competencias y de su circunscripción territorial, en el marco del Sistema Nac ional de
Planificac ión;
De esta manera los gobiernos autónomos descentralizados municipales tengan la capacidad
para ejecutar, proveer, prestar, administra r y financiar las competencias exclusivas y
concurrentes entre varios niveles de gobierno, según el modelo de gestió n de cada sector,
proceso que será participativo de confo rmidad con los estándares constitucionales y del
marco legal vigente para los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, existen varios
insumos que de ben ser provistos por las instancias correspondientes del estado, que aún se
encuentran en construcción o procesamiento, como la cartografía geodésica en escala 1:5000
para la planificación territorial, la información oficial actual actualizada y desagregada, los
resultados del censo 2010, la ley de ordenamiento territorial, ley de suelo, ley de cartografía,
ley de catastros, modelo de gest ión desconcentrado y descentralizado, entre otros marcos
normativos.
Por lo que se vuelve necesario prever una periódica y progresiva actualización de los PD y OT,
su articulación en el marco de la definición de propuestas asociativas con circunvecinos, así
como la articulación y retroalimentación de la planificación local de desarrollo endógeno con
la planificac ión , para definir la s pr ioridades, objetivos, políticas públicas locales, metas,
resultados e indicadores de impacto, que definan una Estrategia Nacional de Desarrollo y a
su efectiva implementación con modelos de gestión intergubernamental.
CONSIDERANDO
Que, la Constitució n de la República del Ecuador, en el numeral 6 del artículo 3 establece que
es deber primordial del Estado: “...pro mover el desarrollo equitativo y solidario de todo el
territorio, mediante el fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización...;
Que, de conformidad co n el art ículo 241 de la Carta Magna , la planificación garantizará e l
ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos autónomos

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