Ordenanzas Municipales. Cantón San Vicente: Que expide el reglamento interno de elección y conformación de los consejos consultivos de los grupos de atención prioritaria del CCPID

Número de Boletín13
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 22 de febrero de 2022 Edición Especial Nº 13 - Registro Ocial
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CCOONNSSIIDDEERRAANNDDOO::
QQuuee,, eell AArrtt.. 6666 numeral 13 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce y
garantiza a las personas el derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y
voluntaria;
QQuuee,, eell AArrtt.. 9966 de la Constitución de la República del Ecuador reconoce todas las formas de
organización de la sociedad, como expresión de la soberanía popular para desarrollar
procesos de auto determinación e incidir en las decisiones y políticas públicas y en el
control social de todos los niveles de gobierno, así como de las entidades públicas y de las
privadas que presten servicios públicos;
QQuuee,, eell AArrtt.. 110000 de la Constitución de la República del Ecuador expresa que en todos los
niveles de gobierno se conformarán instancias de participación integradas por autoridades
electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad del
ámbito territorial de cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas por principios
democráticos. […] Para el ejercici o de esta participación se organizarán audiencias públicas,
veedurías, asambleas, cabildos populares, consejos consultivos, observatorios y las demás
instancias que promueva la ciudadanía;
QQuuee,, eell AArrtt.. 8800 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana establece que los consejos
consultivos son mecanismos de asesoramiento compuestos por ciudadanas o ciudadanos, o
por organizaciones civiles que se constituyen en espacios y organismos de consulta. Las
autoridades o las instancias mixtas o paritarias podrán convocar en cualquier momento a
dichos consejos. Su función es meramente consultiva;
Que, la ordenanza sustitutiva de Creación, Organización, Implementación y
Funcionamiento del Sistema Cantonal de Igualdad y Protección Integral de Derechos de los
Grupos de Atención Prioritaria del Cantón San Vicente, aprobada el 30 de septiembre del
2013, en su Art. 18 manifiesta: Los Consejo Consultivos son mecanismos de c onsulta
compuestos por ciudadanas o ciudadanos , son espacio de participación de carácter
consultivo en materia de Políticas Públicas que afecten de forma directa o indirectamente a
las personas de grupo de Atención Prioritaria, emitiendo opiniones, observación y
Propuesta, compuestos por Titulares de Derechos de cada una de las temáticas (Niñez,
Adolescencia, Jóvenes, Personas Adultas Mayores, género, étnico/intercultural,
generacional, movilidad humada y discapacidad). Se constituyen en Espacios y Organismos
de Consulta que garantizan el goce de los derechos de las Personas y Grupo de Atención
Prioritaria al que pertenece. El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón
San Vicente y el Consejo Cantonal para la Protección Integral de Derechos del mismo
Cantón, podrán convocar en cualquier momento a los Consejos Consultivos. Su función es
meramente consultiva;
QQuuee,, eell AArrtt.. 4455 de la Constitución de la República del Ecuador establece que las niñas y
niños gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su

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