Ordenanzas Municipales. Cantón Santa Clara Que Reglamenta la Determinación, Recaudación y Cobro del Impuesto del 1.5 Por Mil Sobre los Activos Totales
Número de Boletín | 735 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 6 de Mayo de 2015 |
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CLARA
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 238 y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en sus Arts. 1 y 5 consagran la autonomía de los gobiernos autónomos descentralizados;
Que, el Art. 57 literal b) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece como atribuciones del Concejo Municipal regular mediante Ordenanza la aplicación de los tributos previstos en la ley a su favor;
Que, los Arts. 491 liter al i), 492 y 493 ibídem, consideran al 1.5 por mil sobre los activos totales, como impuestos para la .nanciación municipal, cuyo cobro se reglamentará por medio de ordenanzas y que los funcionarios que deban hacer efectivo el cobro de los tributos o de las obligaciones de cualquier clase a favor de la municipalidad, serán personal y pecuniariamente responsables por acción u omisión en el cumplimiento de sus deberes;
Que, el Art. 552 sección décima ibídem legaliza el cobro del impuesto a los activos totales;
Que, el Art. 553 ibídem establece la obligación que tienen las personas naturales, jurídicas, sociedades nacionales o extranjeras que ejerzan permanentemente actividades económicas y que estén obligadas a llevar contabilidad, de pagar el impuesto del 1.5 por mil sobre los Activos Totales;
Que, el Art. 553 inciso segundo ibídem determina que para efectos de la base imponible de este impuesto los sujetos pasivos podrán deducirse las obligaciones de hasta un año plazo y los pasivos contingentes; y,
En uso de la facultad legislativa prevista en el artículo 240 de la Constitución de la República, artículo 7 y literal a) del artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización;
Expide:
LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA DETERMINACIÓN, RECAUDACIÓN Y COBRO DEL IMPUESTO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS TOTALES EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SANTA CLARA.
Objeto del impuesto y hecho generador.- La realización habitual o permanente de actividades comerciales, industriales, .nancieras y cualquier actividad de orden económico, dentro de la...
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