Ordenanzas Municipales 0051-CC-GADMSC-2016. Cantón Santa Cruz: Sustitutiva que regula la implantación de estructuras fijas de soporte de antenas y su infraestructura relacionada para el Servicio Móvil Avanzado (SMA),

Número de Boletín783-Edición Especial
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición26 de Febrero de 2016

EL I. CONCEJO CANTONAL DE SANTA CRUZ

Considerando:

Que, el Art. 313 de la Constitución de la República considera a las telecomunicaciones y al espectro radioeléctrico como sectores estratégicos.

Que, el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador confiere a los gobiernos municipales facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales.

Que, el numeral 2 del Art. 264 de la Constitución de la República del Ecuador confiere a los gobiernos municipales la competencia exclusiva de ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón.

Que, en concordancia con esa competencia exclusiva municipal, el literal b) del artículo 55 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización prevé que les corresponde "Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón".

Que, el Art. 466 del COOTAD define que corresponde exclusivamente a los gobiernos municipales y metropolitanos el control sobre el uso y ocupación del suelo en el territorio del cantón, por lo cual los planes y políticas de ordenamiento territorial de este nivel racionalizarán las intervenciones en el territorio de todos los gobiernos autónomos descentralizados.

Que, el Art. 1 del Acuerdo Ministerial 023-2015 de 17 de Abril de 2015 publicado en el Registro Oficial 497 de 11 de Mayo de 2015, establece los techos que podrán cobrar los Gobiernos Autónomos Descentralizados, por concepto de tasas y contraprestación por despliegue de infraestructura de telecomunicaciones en sus diferentes rubros.

Que, el Art. 4 del Acuerdo Ministerial 023-2015 de 17 de abril de 2015 publicado en el Registro Oficial 497 de 11 de mayo de 2015, manifiesta que es obligación cumplir con el antedicho Acuerdo por parte de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

Que, el Art. 22 del Acuerdo Ministerial 061-2015, publicado en el Registro Oficial 316 de 4 de mayo de 2015, manifiesta que el Catálogo de proyectos, obras o actividades, es el listado de proyectos, obras o actividades que requieren ser regularizados a través del permiso ambiental en función de la magnitud del impacto y riesgo generados al ambiente.

Que, el Art. 24 del Acuerdo Ministerial 061-2015, publicado en el Registro Oficial 316 de 4 de Mayo de 2015, manifiesta que el Registro Ambiental es el permiso ambiental otorgado por la Autoridad Ambiental Competente mediante el SUIA, obligatorio para aquellos proyectos, obras o actividades considerados de bajo impacto y riesgo ambiental;

Que, el literal a) del Art. 22 del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA) del Libro VI de la Calidad Ambiental del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS), establece los criterios y métodos de calificación para determinar en cada caso la necesidad (o no) de un proceso de evaluación de impactos ambientales en función de las características de una actividad; entre estos métodos pudiendo incluirse fichas ambientales.

Que, con fecha 31 de julio del 2012, el señor Alcalde Leopoldo Bucheli Mora, sanciona la ordenanza No. 020-CCGADMSC-2012 que regula la implantación de estructuras fijas de soporte de antenas y su infraestructura relacionada para el servicio móvil avanzado (SMA), en el Cantón Santa Cruz, aprobada por el Concejo con fechas 05 de julio del 2009 y 30 de julio del 2012, en primero y segundo debate respectivamente, publicada en el Registro Oficial No. 786 del martes 11 de septiembre del 2012;

Que, existe la necesidad de implantar estructuras fijas de soporte de antenas e infraestructura relacionada con el Servicio Móvil Avanzado (SMA) en el territorio del Cantón Santa Cruz.

Que, resulta necesaria regular la instalación adecuada de estructuras fijas de soporte de antenas e infraestructura relacionada para la prestación del Servicio Móvil Avanzado, que garantice el acceso a los ciudadanos a tecnologías de información.

Que, el Consejo Nacional de Telecomunicaciones actual Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones aprobó el "Reglamento de Protección de Emisiones de Radiación No Ionizante Generadas por Uso de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico", publicado en el Registro Oficial No. 536 de 3 de marzo de 2005.

Que, el gobierno municipal debe contribuir en la prevención y control de la contaminación ambiental de conformidad con la política y principios ambientales, legislación internacional, nacional y cantonal vigentes.

En uso de la facultad normativa prevista en el artículo 7 y literal b) del artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

Expide:

LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE REGULA

LA IMPLANTACIÓN DE ESTRUCTURAS

FIJAS DE SOPORTE DE ANTENAS Y SU

INFRAESTRUCTURA RELACIONADA PARA EL

SERVICIO MÓVIL AVANZADO (SMA),

EN EL CANTÓN SANTA CRUZ.

Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación.-Esta Ordenanza tiene por objeto regular, controlar y sancionar la implantación de estructuras fijas de soporte para el Servicio Móvil Avanzado en el territorio del Cantón Santa Cruz, a fin de cumplir con las condiciones de zonificación, uso del suelo y reducción del impacto ambiental, sujeto a las determinaciones de leyes, acuerdos, ordenanzas y demás normativa vigente, relativas al ordenamiento urbano, rural, ambiental y de telecomunicaciones del...

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