Ordenanza Municipal 0059-CC-GADMSC-2016 - Cantón Santa Cruz: Sustitutiva para la determinación, administración, control y recaudación del impuesto de patente anual municipal

Fecha de disposición06 Diciembre 2016
Fecha de publicación08 Febrero 2017
Número de registro0059-CC-GADMSC-2016
Miércoles 8 de febrero de 2017 – 21Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 881
reformas efectuadas al COOTAD, mediante la publicación
en el Registro Of‌i cial No. 166 del 21 de Enero del 2014, en
lo pertinente a lo normado en esta ordenanza, y en especial
lo dispuesto en el art. 486 del COOTAD reformado.-
Dado y f‌i rmado en la Sala de Sesiones del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Salitre a
los treinta días del mes de junio de dos mil dieciséis.-
f.) Sr. Francisco León Flores, Alcalde del GADM-Salitre.
f.) Ab. Oscar I. Jiménez Silva Secretario General.
Certif‌i co: Que LA ORDENANZA SUSTITUTIVA
PARA LA APLICACIÓN DE LA LEGALIZACION
DE PREDIOS Y QUE REGLAMENTA LA
ADJUDICACION Y VENTA DE LOS TERRENOS
MUNICIPALES UBICADOS EN LOS SECTORES
URBANOS DE LA CABECERA CANTONAL DE
SALITRE Y CABECERAS PARROQUIALES DE LA
VICTORIA, GENERAL VERNAZA Y JUNQUILLAL.
fue discutida y aprobada por el Concejo Municipal, en
sesiones ordinarias celebradas la primera el 16 de junio del
2016, y la segunda de fecha realizada el 30 de junio del año
dos mil dieciséis; habiendo sido aprobada def‌i nitivamente
en la última de las sesiones indicadas.
Salitre, 05 de julio 2016
f.) Ab. Oscar I. Jiménez Silva, Secretario General.
ALCALDÍA MUNICIPAL.- VISTOS.- Salitre, a los trece
días del mes de julio del dos mil dieciséis a las 11h00.- En
uso de las atribuciones que me concede el Art. 322 del
y Descentralización, SANCIONO, LA ORDENANZA
SUSTITUTIVA PARA LA APLICACIÓN DE
LA LEGALIZACION DE PREDIOS Y QUE
REGLAMENTA LA ADJUDICACION Y VENTA DE
LOS TERRENOS MUNICIPALES UBICADOS EN
LOS SECTORES URBANOS DE LA CABECERA
CANTONAL DE SALITRE Y CABECERAS
PARROQUIALES DE LA VICTORIA, GENERAL
VERNAZA Y JUNQUILLAL.-
f.) Sr. Francisco León Flores, Alcalde del GADM-Salitre.
Sancionó, f‌i rmó y ordenó la promulgación de LA
ORDENANZA SUSTITUTIVA PARA LA APLICACIÓN
DE LA LEGALIZACION DE PREDIOS Y QUE
REGLAMENTA LA ADJUDICACION Y VENTA DE
LOS TERRENOS MUNICIPALES UBICADOS EN
LOS SECTORES URBANOS DE LA CABECERA
CANTONAL DE SALITRE Y CABECERAS
PARROQUIALES DE LA VICTORIA, GENERAL
VERNAZA Y JUNQUILLAL.-el señor Francisco León
Flores, Alcalde del Cantón Salitre, en la fecha que se indica.
Lo certif‌i co.-
f.) Ab. Oscar I. Jiménez Silva., Secretario General.
No. 0059-CC-GADMSC-2016
EL CONCEJO CANTONAL DE SANTA CRUZ
Considerando:
Territorial Autonomía y Descentralización en sus artículos
1 y 5 consagran la autonomía de los gobiernos autónomos
descentralizados;
Autonomía y Descentralización (COOTAD), en sus
artículos 546 al 551, establecen a favor de los municipios
el derecho al cobro del impuesto de patentes municipales
y metropolitanos a las personas naturales, jurídicas,
sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o con
establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal o
metropolitana, que ejerzan permanentemente actividades
comerciales, industriales, f‌i nancieras, inmobiliarias y
profesionales.;
Autonomía y Descentralización (COOTAD), en su artículo
548, dispone que el Concejo mediante ordenanza establecerá
la tarifa del impuesto anual en función del patrimonio de los
sujetos pasivos de este impuesto dentro del cantón, siendo
la tarifa mínima de diez dólares ($ 10,00) y la máxima de
veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América
($ 25.000,00);
Autonomía y Descentralización (COOTAD), en su
artículo 492, establece, que las municipalidades y distritos
metropolitanos reglamentarán por medio de ordenanzas el
cobro de sus tributos;
Autonomía y Descentralización (COOTAD), en su artículo
57, establece, que entre las atribuciones del Concejo
Municipal le corresponde regular, mediante ordenanza, la
aplicación de tributos previstos en la ley a su favor;
Que, sin perjuicio de esta armonización, es función de
los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales
promover un desarrollo sustentable de su circunscripción
territorial cantonal y para ello se debe propender a una
distribución de la riqueza, para dar cumplimiento a lo que
establece el Código Tributario en su artículo 6 en cuanto a
los f‌i nes del tributo.
Que, los gobiernos autónomos descentralizados están
llamados a fortalecer su capacidad f‌i scal; a f‌i n de disponer
de mayores recursos económicos para la ejecución de obras
y prestación de servicios públicos que promuevan del
desarrollo integral del cantón;
Que, con fecha 24 de mayo del 2008, en el Registro Of‌i cial
No. 374, se publicó la “ORDENANZA SUSTITUTIVA
QUE ESTABLECE EL COBRO DEL IMPUESTO ANUAL
DE PATENTES EN EL CANTON SANTA CRUZ”.

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