Ordenanzas Municipales. Cantón Santa Elena: Ordenanza de creación de la Dirección de Compras Públicas

Número de Boletín452
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición11 de Agosto de 2014

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SANTA ELENA

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 227 determina que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que, el artículo 238 de la norma ibídem manifiesta que los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.

Que, el artículo 60, literal a, b e i del Código Orgánico de Organización Territorial, Autónoma y Descentralización manifiesta que son atribuciones del alcalde ejercer la representación legal del gobierno autónomo descentralizado municipal; y la representación judicial conjuntamente con el procurador síndico, ejercer de manera exclusiva la facultad ejecutiva del gobierno autónomo descentralizado municipal y resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo; expedir, previo conocimiento del concejo, la estructura orgánico-funcional del gobierno autónomo descentralizado municipal; nombrar y remover a los funcionarios de dirección, procurador síndico y demás servidores públicos de libre nombramiento y remoción del gobierno autónomo descentralizado municipal;

Que, el artículo 338 ibídem indica que cada gobierno regional, provincial, metropolitano y municipal tendrá la estructura administrativa que requiera para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus competencias y funcionará de manera desconcentrada. La estructura administrativa será la mínima indispensable para la gestión eficiente, eficaz y económica de las competencias de cada nivel de gobierno.

Que, es necesario establecer una nueva estructura administrativa que permita agilizar las operaciones administrativas, financieras y técnicas. En uso de sus atribuciones establecida en el articulo 60 literales a), b) e i) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

Resuelve:

EXPEDIR LA ORDENANZA DE CREACIÓN DE DIRECCIÓN DE COMPRAS PÚBLICAS.

Art. 1.- Constitución.- Créase, como instancia técnica, dentro de proceso habilitante asesor y dependiente del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Elena la Dirección de Compras Públicas, por lo que su incorporación en el Orgánico Estructural y Funcional...

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