Ordenanzas Municipales. Cantón Santa Lucía: De Delimitación Del Perímetro Urbano De Los Centros Poblados De Cabuyal, Fátima, El Mate, Porvenir-Barranquilla-Graciela, Barbasco Y Bermejo De Abajo
Número de Boletín | 158 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Viernes 22 de diciembre de 2017 – 37Registro Ofi cial – Edición Especial Nº 158
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN DEL SANTA LUCIA
Considerando:
Que, el artículo 240 de la Constitución de la República
del Ecuador, se refi ere a las facultades de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados, en donde establece que: Los
gobiernos autónomos descentralizados de las regiones,
distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán
facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y
jurisdicciones territoriales…”;
Que, La Constitución de la República del Ecuador en su Art
241, señala: “La planifi cación garantiza el ordenamiento
territorial y será obligatoria en todos los Gobiernos
Autónomos Descentralizados”;
Autonomía y Descentralización, en su art. 54 literal a),
determina que: “Son funciones Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal, promover el desarrollo
sustentable de la circunscripción territorial cantonal para
garantizar la realización del buen vivir a través de la
implementación de políticas cantonales, en el marco de sus
competencial constitucionales y legales”,
Que, El mismo cuerpo legal, en su art.54 literales c) y e)
señala que: “ Son funciones primordiales del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal, establecer el
régimen de uso del suelo y urbanístico; y, elaborar y
ejecutar el plan Cantonal de desarrollo, el de ordenamiento
territorial, y las políticas públicas en el ámbito de sus
competencial y de su circunscripción territorial, de
manera coordinada con la planifi cación nacional, regional,
provincia y parroquial y realizar en forma permanente el
seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento
de las metas establecidas”;
Que, Que el Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, en el Art. 57 Atribuciones
del Concejo Municipal, en su literal a) establece que:
El ejercicio de la facultad normativa en las materias de
competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal, mediante la expedición de ordenanzas
cantonales, acuerdos y resoluciones”;
Que, El mismo Art. 57, literal x) del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
establece como otra de las atribuciones: “Regular y
controlar, mediante la normativa cantonal correspondiente,
el uso del suelo en el territorio del cantón, de conformidad
con las leyes sobre la misma, y establecer el régimen
urbanístico de la tierra”;
Que, en los Centros Poblados del Cantón Santa Lucía,
deben establecerse los perímetros urbanos considerados
como áreas urbanas actuales;
Que, el objetivo de delimitar el área en los Centros
Poblados es el de consolidar los espacios que en los últimos
años se han ido confi gurando y en los que las población se
encuentra establecida;
Que, esa acción permitirá planifi car adecuadamente la
dotación y distribución de la infraestructura, servicios y
equipamiento urbanos de los Centros Poblados del Cantón
Santa Lucía;
Que, con la delimitación del área urbana de los Centros
Poblados, se ampliará el universo de contribuyentes en
materia tributaria municipal, incorporándose al catastro
municipal urbano, de conformidad con lo determinado
en el Art. 501 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización
En ejercicio de las atribuciones que le confi eren los literales
a) y x) del Art. 57 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y descentralización;
Expide:
LA ORDENANZA DE DELIMITACIÓN DEL
PERÍMETRO URBANO DE LOS CENTROS
POBLADOS DE CABUYAL, FÁTIMA, EL MATE,
PORVENIR-BARRANQUILLA-GRACIELA,
BARBASCO Y BERMEJO DE ABAJO DEL CANTÓN
SANTA LUCÍA.
CAPITULO 1
Art. 1.- UBICACIÓN GEOGRÁFICA:
Los centros poblados se encuentran ubicados:
Norte: Barbasco
Sur: El Mate-Bermejo de Abajo-Fátima
Este: Cabuyal
Oeste: Porvenir-Barranquilla-Graciela
Art. 2.- DEFINICIÓN DE LOS LIMITES URBANOS
DE LOS CENTROS POBLADOS DEL CANTÓN
SANTA LUCÍA.
Determínese, el perímetro urbano de los centros poblados
de: Cabuyal, Fátima, El Mate, Porvenir-Barranquilla-
Graciela, Barbasco y Bermejo de Abajo defi nido por los
siguientes linderos.
DESCRIPCIÓN DE LINDEROS
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