Cantón Sevilla De Oro: Que Regula El Procedimiento Para El Otorgamiento De Títulos Habilitantes De Transporte Terrestre

Fecha de disposición02 Junio 2017
Fecha de publicación02 Junio 2017
Número de Gaceta6
Viernes 2 de junio de 2017 – 43Registro Of‌i cial Nº 6
SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO DEL
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN PEDRO DE HUACA.-
Huaca, 30 de enero del 2014.- Las 11H30.- De conformidad
con lo dispuesto en el Artículo 322 del Código Orgánico
de Organización Territorial Autonomía y Descentralización
(COOTAD), remito original y copias de la presente
ordenanza ante el Señor Alcalde para su sanción y
promulgación.-
f.) Abg. Andrés Serrano Terán, Secretario del Concejo (e).
ALCALDÍA DEL CANTÓN SAN PEDRO DE HUACA.-
Huaca, 30 de enero del 2017.- Las 11H30.- VISTOS.-
Por cuanto LA ORDENANZA DE ADSCRIPCIÓN
DEL CUERPO DE BOMBEROS DEL CANTÓN SAN
PEDRO DE HUACA AL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL SAN PEDRO DE
HUACA, que antecede reúne los requisitos legales y con
fundamento en los dispuesto en los Artículos 322 y 324 del
Descentralización (COOTAD), la SANCIONO, se ordena
su publicación en la página web de la Institución y Registro
Of‌i cial para ser una Ordenanza de carácter tributario.-
EJECÚTESE.
f.) Sr. Fernando Gaón, Alcalde (e).
CERTIFICACIÓN.- La Secretaria General del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San
Pedro de Huaca, certif‌i co que el Señor Fernando Santiago
Gaón Paillacho, Alcalde (e) del Cantón San Pedro de
Huaca, sancionó la Ordenanza que antecede el día de hoy
30 de enero del 2017, a las 11H30.
f.) Abg. Andrés Serrano Terán, Secretario del Concejo (e).
GOBIERNO MUNICIPAL DE
SEVILLA DE ORO
Considerando:
artículo 264 numeral 6, otorga a los gobiernos autónomos
descentralizados municipalidades la competencia exclusiva
para la planif‌i cación, regulación y control del tránsito y el
transporte, dentro de su circunscripción;
su artículo 425, último inciso establece que la jerarquía
normativa considerará en lo que corresponda, el principio de
competencia, en especial la titularidad de las competencias
exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados;
Que, el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial,
Autonomía y Descentralización COOTAD, en su artículo
55, literales b) y f), reconoce la competencia exclusiva de
los municipios para ejercer control sobre el uso y ocupación
del suelo en el cantón, así como planif‌i car, regular y
controlar el tránsito y transporte terrestre dentro de su
circunscripción cantonal;
Que, el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial,
Autonomía y Descentralización COOTAD, en su artículo
130 señala que, para el ejercicio de la competencia de tránsito
y transporte los Gobiernos Autónomos Descentralizados
municipales def‌i nirán en su cantón el modelo de gestión
de la competencia de tránsito y transporte terrestre, de
conformidad con la ley;
Que, el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial,
Autonomía y Descentralización COOTAD, en su artículo
57 literal a), establece la atribución del Concejo Municipal
para el ejercicio de la facultad normativa en las materias
de competencia del gobierno autónomo descentralizado
municipal, mediante la expedición de ordenanzas
cantonales, acuerdos y resoluciones;
Que, en fecha 12 de diciembre de 2014 el I. Concejo
Cantonal de Sevilla de Oro, como órgano de legislación
del gobierno autónomo descentralizado municipal, y en
uso de sus atribuciones, creó mediante ordenanza la Unidad
Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad
Vial de Sevilla de Oro UMTTTSVSO;
Que, el artículo 7 de la citada Ordenanza, establecen las
atribuciones de la UMTTTSVSO, para la organización,
administración, regulación y control de las actividades de
gestión, ejecución y operación de los servicios relacionados
con la movilidad, tránsito y transporte terrestre en el cantón
Sevilla de Oro; incluidas las de procesos para obtención de
títulos habilitantes para la operación del transporte terrestre
dentro del cantón Sevilla de Oro;
Que, la Agencia Nacional de Regulación y Control del
Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial transf‌i rió las
competencias para planif‌i car, regular y controlar el Tránsito,
Transporte Terrestre y Seguridad Vial a la Municipalidad de
Sevilla de Oro el 29 de septiembre de 2014, a través de la
Resolución No. 139-DE-ANT-2014.
Que, el artículo 82 del Reglamento General para la
Aplicación a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre,
Tránsito y Seguridad Vial, establece que los Gobiernos
Autónomos Descentralizados regularán mediante
ordenanza el procedimiento para el otorgamiento de títulos
habilitantes en el ámbito de sus competencias;
En uso de sus atribuciones,
Expide:
LA ORDENANZA QUE REGULA EL
PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO
DE TÍTULOS HABILITANTES DE TRANSPORTE
TERRESTRE EN EL CANTÓN SEVILLA DE ORO
TÍTULO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Y NORMAS GENERALES
Artículo 1.- Ámbito y alcance.- Las disposiciones
previstas en esta ordenanza regulan el procedimiento para
el otorgamiento y renovación de títulos habilitantes para
la operación de servicio de transporte terrestre a nivel
intracantonal de compañías y cooperativas debidamente
constituidas en el cantón Sevilla de Oro.
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