Ordenanzas Municipales 08-2014. Cantón Simón Bolívar: Sustitutiva para la titularización y regularización de asentamientos urbanos preexistentes así como de los asentamientos humanos de hecho y consolidados en la jurisdicción

Número de Boletín431-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2014

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SIMÓN BOLÍVAR

Considerando:

Que, los Artículos 240 y 264 de la Constitución de la República del Ecuador, garantiza a los Gobiernos Seccionales Municipales la vigencia plena de la autonomía y concede el ejercicio de la facultad legislativa, a través de la expedición de ordenanzas, acuerdos o resoluciones;

Que la Constitución de la República del Ecuador prevé en su Art 30, el derecho que tienen las personas a un habitad seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica;

Que el Art. 53 del Código Orgánico de Organización territorial, autonomía y descentralización, Sección Primera - NATURALEZA JURIDICA que los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera. Estarán integradas por los funciones de participación ciudadana; legislación y fiscalización; y, ejecutiva prevista en este código para el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden.

Que el Art. 57 Lit. a) del Código Orgánico de Organización territorial, autonomía y descentralización que establece el ejercicio de la facultad normativa en materias de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, mediante la expedición de Ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones;

Que el Art. 322 del Código Orgánico de Organización territorial, autonomía y descentralización en su párrafo segundo establece que los proyectos de ordenanzas, según corresponda a cada nivel de gobierno, deberán referirse a una sola materia y serán presentados con la exposición de motivos, el articulado que se proponga y la expresión clara de los artículos que se deroguen o reformen con la nueva ordenanza. Los proyectos que no reúnan estos requisitos no serán tramitados.

Que el Art. 338 del Código Orgánico de Organización territorial, autonomía y descentralización, establece que el Reglamento Orgánico Funcional, determina la estructura administrativa de cada Municipalidad, teniendo presente que cada dependencia forma parte de una organización racionalmente integrada desde el punto de vista de la proporcionalidad del trabajo para un óptimo servicio público.

Que es obligación del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, del Cantón Simón Bolívar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR