Ordenanzas Municipales. Cantón Suscal: Que Expide La Segunda Reforma A La Ordenanza Que Establece Los Criterios Para La Determinación Y Recaudación De La Tasa De Recolección De Desechos Sólidos Y Aseo Público

Número de Boletín479
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 28 de junio de 2018 – 41Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 479
y Descentralización, entrará en vigencia desde su sanción
por el señor Alcalde y su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado, en la Sala de Sesiones del Gobiern o Autónomo
Municipal del Cantón Pichincha, los nueve días del mes de
noviembre de 2017.
f.) Ab. Washington Giler Moreira, Vice-Alcalde del cantón
Pichincha.
f.) Ab. Richard Mera Toro, Secretario General del Concejo.
Razón: Ab. Richard Mera Toro, Secretario General
del GAD Pichincha CERTIFICA: Que la Ordenanza de
Regulación, Administración y Tarifas de agua potable para
los sectores: El Naranjo, La Balsa, Guayacán de Come
y Paga, El Maíz, Boca de Santa Rosa, Limón Chiquito y
otros del sector de inf‌l uencia, del cantón Pichincha; fue
discutida y aprobada en las sesiones ordinarias de fechas
doce de octubre y nueve de noviembre del año 2017 en
primer y segundo debate respectivamente siendo aprobado
su texto en la última fecha.
f.) Ab. Richard Mera Toro, Secretario General del GAD
Municipal.
ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PICHINCHA,
de conformidad con las disposiciones contenidas en
Territorial, Autonomía y Descentralización, habiéndose
observado el trámite legal y estando de acuerdo con la
Constitución y Leyes de la República, a los trece días del
mes de noviembre del año dos mil diecisiete, sanciono
la Ordenanza de Regulación, Administración y Tarifas
de Agua Potable para los sectores: El Naranjo, La Balsa,
Guayacán de Come y Paga, El Maíz, Boca de Santa Rosa,
Limón Chiquito y otros del sector de inf‌l uencia, del cantón
Pichincha; y dispongo se proceda a su aplicación legal
conforme a la ley. Ejecútese.-Notifíquese.
Publíquese en el Registro Of‌i cial.
f.) Sr. Nilo Álava Molina, Alcalde del cantón Pichincha.
ALCALDE DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO, sancionó la ORDENANZA DE
REGULACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y TARIFAS
DE AGUA POTABLE PARA LOS SECTORES EL
NARANJO, LA BALSA, GUAYACÁN DE COME
Y PAGA, EL MAIZ, BOCA DE SANTA ROSA,
LIMÓN CHIQUITO Y OTROS DEL SECTOR DE
INFLUENCIA, DEL CANTÓN PICHINCHA y dispuso
se proceda a su aplicación legal conforme a la ley, el
señor Nilo Álava Molina Alcalde del Cantón Pichincha,
a los trece días del mes de noviembre del año dos mil
diecisiete.- Lo certif‌i co
f.) Ab. Richard Mera Toro, Secretario General del GAD
Municipal.
EL CONCEJO MUNICIPAL
DEL CANTÓN SUSCAL
Considerando:
Que, de conformidad a lo previsto en el Artículo 14 y
del Ecuador es un derecho constitucional de todos los
ecuatorianos el vivir en un ambiente sano, ecológicamente
equilibrado y libre de contaminación;
del Ecuador señala que el Estado promoverá, en el sector
público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente
limpias y de energías alternativas no contaminantes y de
bajo impacto;
Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 6 del
constituyen deberes y responsabilidades de las ecuatorianas
y los ecuatorianos, entre otros el respetar los derechos de la
naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos
naturales de modo racional, sustentable y sostenible;
Ecuador; en el ámbito de sus competencias y territorio,
faculta a los gobiernos municipales expedir ordenanzas
cantonales.
Que, el numeral 4 del artículo 264 de la Constitución de la
República del Ecuador, en completa armonía con lo señalado
en el literal d) del Artículo 55 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
prescribe: “Prestar los servicios públicos de agua potable,
alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de
desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y
aquellos que establezca la ley”;
Que, el numeral 4 del artículo 276, de la Constitución de la
República del Ecuador señala que el régimen de desarrollo
tendrá entre otros los siguientes objetivos: “…Recuperar
y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y
sustentable que garantice a las personas y colectividades el
acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y
suelo, y a los benef‌i cios de los recursos del subsuelo y del
patrimonio natural…”;
del Ecuador, establece que los gobiernos autónomos
descentralizados desarrollarán programas de reducción,
reciclaje y tratamiento adecuado de desechos sólidos y
líquidos;
Que los artículos 35 y 137 inciso cuarto del Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización (COOTAD), establecen que “…las
competencias de prestación de servicios públicos de
alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de
desechos sólidos, y actividades de saneamiento ambiental,
en todas sus fases, las ejecutarán los gobiernos autónomos
descentralizados municipales con sus respectivas
normativas…”;
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