Cantón Taisha: Que regula el funcionamiento del albergue

Fecha de publicación03 Marzo 2017
Número de Gaceta955-Primer Suplemento
6 – Viernes 3 de marzo de 2017 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 955
LOCALES ADMINISTRADOS POR EL GOBIERNO
MUNICIPAL EN EL CANTÓN SAN CRISTÓBAL DE
PATATE .
f.) Lic. Medardo Chiliquinga Guambo, Alcalde del cantón
Patate.
CERTIFICO: QUE EL LICENCIADO MEDARDO
CHILIQUINGA GUAMBO, ALCALDE DEL
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DEL CANTÓN PATATE, FIRMÓ Y SANCIONÓ
LA REFORMA A LA ORDENANZA DE REMISIÓN
DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS SOBRE
TRIBUTOS LOCALES ADMINISTRADOS POR EL
GOBIERNO MUNICIPAL EN EL CANTÓN SAN
CRISTÓBAL DE PATATE, EL 22 DE FEBRERO DEL
2017.
f.) Abg. Daniel Mosquera, Secretario General.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE TAISHA
Considerando:
Que, el Art. 264 de la carta magna en su numeral 7,
establece como competencia de los gobiernos municipales
“Planif‌i car, construir y mantener la infraestructura física
y los espacios públicos destinados al desarrollo social,
cultural y deportivo, de acuerdo con la ley
Que el Artículo 54 del COOTAD dice Son funciones del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal.- a)
Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción
territorial cantonal, para garantizar la realización del buen
vivir a través de la implementación de políticas públicas
cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales
y legales ; b) Diseñar e implementar políticas de promoción
y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el
marco de sus competencias constitucionales y legales;
Que es deber de los Gobiernos Autónomos Descentrali-
zados municipales procurar el desarrollo integral y humano
de la población de su jurisdicción;
Que el GADMT. Cuenta con la Dirección de Desarrollo
Social como una instancia para formular y desarrollar
las políticas sociales de la Institución y fortalecer el
funcionamiento de sus servicios sociales; y,
Que el GAD Municipal de Taisha ha construido un albergue
para personas de escasos recursos económicos.
Que es necesario establecer normas para su uso así como
para su mantenimiento adecuado;
Que en uso de las atribuciones que le conf‌i eren los Arts.
57, literal a) y 322 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización
Expide:
La ORDENADA QUE REGULA EL FUNCIONA-
MIENTO DEL ALBERGUE DEL GAD MUNICIPAL
DE TAISHA
Art. 1.- Ámbito de aplicación.- La presente ordenada
regula el uso del albergue municipal de propiedad del GAD
Municipal del Cantón Taisha.
Art. 2.- Uso.- El albergue municipal podrá ser utilizada
por todos los habitantes del Cantón Taisha sin distinción
alguna, que cumplan con las disposiciones señaladas en la
presente normativa.
Art. 3.- Valores a cancelar por el uso.- Los interesados
en el uso del albergue municipal deber cancelar el valor de
1,50 un DÓLAR CON CINCUENTA CENTAVOS se
exonera el cien por ciento del valor a las personas de tercera
edad, discapacitados, niños y niñas.
Art. 4.- Horario de funcionamiento.- Las habitaciones
del albergue municipal se podrá utilizar todos los días de la
semana, los horarios de ingreso desde las 15h00pm. Hasta
las 20H00pm.
Art. 5.- Hospedaje.- El tiempo de hospedaje es por una
noche debiendo el usuario entregar las llaves y los bienes
asignados a las 8h00am. del siguiente día.
Art. 6.- Obligaciones de los usuarios.- Quienes hagan uso
de las habitaciones del albergue municipal, deben cumplir
con las siguientes obligaciones
a) Llenar la f‌i cha de ingreso.
b) Portar la cedula de identidad.
c) Cuidar las instalaciones del albergue.
d) Devolver los bienes que recibe.
e) Mantener limpio las instalaciones.
f) Cualquier daño que se cause en las instalaciones debe
ser pagado por quien alquila habitación; y,
g) Cumplir con las normas de conveniencia social.
Art. 7.- Prohibiciones.- Quienes hagan uso de las
habitaciones del albergue municipal tendrán las siguientes
prohibiciones:
a) Ingerir bebidas alcohólicas o sustancias estupefacciones
o sicotrópicas y fumar dentro de las instalaciones.
b) Ingreso de mascotas;
c) Ingreso de armas de todo tipo;
d) El ingreso al local en estado de embriaguez o bajo efec-
to de drogas;
e) Hacer ruido, escuchar música a alto volumen.

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