Ordenanzas Municipales. Cantón Taisha: Sustitutiva a la Ordenanza de creación de la “Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial

Número de Boletín860-Segundo Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición18 de Febrero de 2016

EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTON TAISHA PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO

Considerando:

Que el ordinal 6 del artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador, entre las competencias de los gobiernos municipales determina que: "podrá planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal".

Que, el COOTAD en el literal f) del Art. 55 manifiesta que los gobiernos autónomos descentralizados municipales, tendrán competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción territorial.

Que, la norma constitucional anteriormente señala se encuentra desarrollada en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; en sus Art. 55 literales a) y f); y, Art. 128.

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en el artículo 130 establece que: "A los gobiernos autónomos descentralizados municipales les corresponde de forma exclusiva planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte y la seguridad vial, dentro de su territorio cantonal", con el artículo 154, literal a) ibídem.

Que, el Consejo Nacional de Competencias mediante Resolución No.- 006-CNC-2012 de fecha 26 de abril de 2012, y publicada en el Registro Oficial No. 712 de 29 de mayo de 2012 (suplemento) resolvió transferir la competencia de planificación, regulación y control del tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial, a favor de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales del país progresivamente.

Que, El Consejo Nacional de Competencias mediante resolución No.- 003-CNC-2015 de fecha 08 de abril de 2015, y publicada en el Registro Oficial No. 475 de 08 de abril de 2015, revisar los modelos de gestión determinados en los artículos 4, 5 y 6 de la resolución No.- 006-CNC-2012 de fecha 26 de abril de 2012, y publicada en el Registro Oficial No. 712 de 29 de mayo de 2012, estableciendo que el GADM de Taisha se ubicara dentro del modelo de gestión B.

Que, con fecha 27 de octubre de 2014 mediante ordenanza, se creó la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial del Gobierno Municipal de Taisha, siendo promulgada el 28 del mismo mes y año, publicada en el Suplemento al Registro Oficial No. 411 de fecha Jueves, 08 de enero de 2015.

Que, la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial entrega a los Gobiernos Autónomos Descentralizados; responsabilidades, competencias, atribuciones, así como establece la entrega de recursos una vez que se asuman las competencias, permitiendo otorgar títulos habilitantes, coordinaciones y el cobro de multas por contravenciones.

Que, es necesario dotar de ingresos económicos de la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial para garantizar el mejor cumplimiento de la planificación, regulación y control de tránsito y el transporte terrestre, tendientes a mejorar la calidad de vida de los habitantes del cantón Taisha.

En uso de sus atribuciones,

Expide:

La presente ORDENANZA SUSTITUTIVA A LA ORDENANZA DE CREACIÓN DE LA UNIDAD MUNICIPAL DE TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL.

CAPITULO I

Artículo. 1.-Creación y Naturaleza.- Créase la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad de Taisha, dependencia técnica de nivel operativo y administrativo, cuyo titular es el Jefe de Unidad y estará subordinada a la supervisión del Concejo Cantonal y del señor Alcalde.

Artículo. 2.-Fines.- En cumplimiento de las funciones, competencias, atribuciones y responsabilidades, que en materia de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial le corresponde al Municipio del Cantón Taisha; se crea la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial que se conocerá por sus siglas UMTTTSVT, quien se encargará de planificar, organizar, regular y controlar el transporte terrestre, tránsito y la seguridad vial intracantonal y urbano en todo el territorio que comprende la jurisdicción del Cantón Taisha, Provincia de Morona Santiago, manteniendo coordinación directa con los órganos de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial competentes para la correcta aplicación de esta Ordenanza, Leyes y Reglamentos correlativos.

Artículo. 3.-Conformación.- La conformación, estructura y funciones de la UMTTTSVT, estarán determinadas en su respectivo reglamento orgánico funcional, el mismo que será conocido por el Concejo Municipal y aprobado por el Alcalde.

Artículo. 4.-Organización y Designación del Personal.-

La Unidad Municipal de Transporte de Taisha, se crea como una dependencia municipal a nivel de, su estructura operativa estará constituida por: La Jefatura de la UTTTSV, Técnico en transporte, Asesoría Legal, Revisor y Digitador. Para las designaciones que se efectúen dentro de esta dependencia municipal se deberá cumplir con lo que establece el Art. 60 literal i) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y el Art. 5 de la Ley Orgánica de Servicio Público y más disposiciones aplicables.

Artículo. 5.-Presupuesto.- El Concejo aprobará el presupuesto adecuado para la operación de la UMTTTSVT, el cual tendrá la asignación de ingresos específicos que serán anualmente incluidos en el presupuesto municipal.

Artículo. 6.-Objetivos.- El Gobierno Municipal del Cantón Taisha, en materia de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, persigue los siguientes objetivos específicos:

  1. Priorizar dentro de la estructura general de la ciudad y el cantón, los requerimientos de movilidad y accesibilidad actuales y futuras de sus habitantes;

  2. Prever el potencial crecimiento de los niveles de productividad de la ciudad y el cantón; y,

  3. Mejorar la calidad de vida, y del ambiente como elementos vitales para un desarrollo sustentable.

    Artículo. 7.-Principios de Actuación.- El Gobierno Municipal del Cantón Taisha, actuará bajo los siguientes principios:

  4. Tratar los sistemas de transporte público y privado, como servicios vitales para el desarrollo de la ciudad y el cantón;

  5. Considerar el tránsito de vehículos, con seguridad para peatones, conductores, usuarios y disminuir los confiictos y fricciones urbanas generados por su circulación y falta de accesos, garantizando un parque automotor moderno; y,

  6. Actuar siempre con fundamento técnico, económicofinanciero, social y ambiental.

CAPÍTULO II

DE LAS ATRIBUCIONES GENERALES

Artículo. 8.-Atribuciones.-La UMTTTSVT tendrá las atribuciones que se encuentran contempladas en la Constitución de la República del Ecuador, en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial; y sus respectivas reformas, y todas aquellas que le sean entregadas por la Municipalidad y sus respectivas ordenanzas. De conformidad con la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en el Art. 30.5 establece: Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales tendrán las siguientes competencias:

  1. Cumplir y hacer...

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