Ordenanzas Municipales. Cantón Taisha: Sustitutiva a la Ordenanza municipal que reglamenta el cobro de la tasa por servicios técnicos y administrativos

Número de Boletín902
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2016

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE TAISHA

Considerando:

Que, el artículo 264 de la Constitución política del Ecuador, expresa que los Gobiernos municipales tendrán competencias exclusivas, sin perjuicios de otras que de termine la ley: Tales como: ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón, crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras;

Que, el artículo 270 de la Carta Magna preceptúa que los gobiernos autónomos descentralizados generaran sus propios recursos financieros y participaran de las rentas del Estado, de conformidad con los principios de subsidiaridad, solidaridad y equidad.

Que, el articulo 287 ibídem establece que toda norma que cree una obligación financiada con recursos públicos establecerá la fuente de financiamiento correspondiente. Solamente las instituciones de derecho público podrán financiarse con tasas y contribuciones especiales establecidas por la ley.

Que, el Código Orgánico de Organización territorial, Autonomía y Descentralización, dentro de las atribuciones del Consejo Municipal, contenidas en el artículo 57, literal b, c, y. Faculta regular mediante ordenanzas la aplicación de tributos previstos en la ley, así como crear, modificar, exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por los servicios que presta y obras que ejecute, y, reglamentar los sistemas mediante los cuales se efectuara la recaudación e inversión de las rentas municipales.

Que, el artículo 186 del Código Orgánico Territorial, Autonomía y Descentralización, especifica... Que el costo de los servicios técnicos y administrativos prestados por las diferentes dependencias municipales, deben cubrirse mediante las recaudaciones de las tasas respectivas.

Que, a través de los procesos de modelización contemplados en la Constitución, la Ley y políticas del Gobierno Central, corresponde a los Gobiernos Seccionales generar sus propios recursos financieros.

Por las consideraciones que anteceden, en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Ecuador y el. Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización:

Resuelve:

EXPEDIR LA ORDENANZA SUSTITUTIVA A LA

ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGLAMENTA EL

COBRO DE LA TASA POR SERVICIOS TÉCNICOS

Y ADMINISTRATIVOS.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR