Ordenanzas Municipales. Cantón Taisha: Sustitutiva que reglamenta el cobro por concepto de servicio de inscripción y matriculación de las pesas y medidas

Número de Boletín549
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 30 de septiembre de 2021 Segundo Suplemento Nº 549 - Registro Ocial
46
1
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN TAISHA
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 240 de la Constitución de la República determina que los
gobiernos autónomos descentralizados tendrán facultades legislativas en
el ámbito de sus competencias y jurisdicciones y ejercerán las facultades
ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales.
Descentralización, manda que (Art. 54) “Son funciones del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal las siguientes: l) Prestar servicios
que satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no existan una
explícita reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como la
elaboración, manejo y expendio de víveres;….”; (Art. 57) al Concejo
Municipal le corresponde: literal y) Reglamentar los sistemas mediante los
cuales ha de efectuarse la recaudación e inversión de las rentas
municipales”.
Que, con fecha 17 de abril del 2000, se sancionó la “ORDENANZA
MUNICIPAL PARA EL COBRO DE TASAS POR AFERICIÓN DE
PESAS Y MEDIDAS”; publicada en el Registro Oficial Nro. 207 con fecha
20 de noviembre del 2000; misma que queda sin efecto al aprobarse el
Descentralización, que permanece vigente en la actualidad; y que
sustituyó y dejó sin efecto a la Ley de Régimen Municipal.
Que, el Artículo 568 del COOTAD, indica cuáles son los servicios públicos
sujetos al pago de una tasa y cómo ha de ser regulada aquella, esto es,
mediante ordenanza; siendo que, entre ellos, señala el control de
alimentos, la habilitación y control de establecimientos comerciales e
industriales, y otros servicios de cualquier naturaleza; cuya iniciativa es
privativa del alcalde municipal, la que debe ser tramitada y aprobada por
el respectivo concejo.
Que, es deber de la Municipalidad velar por el bienestar de sus habitantes,
dictando ordenanzas tendientes a evitar que el consumidor sea
perjudicado en su economía;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR