Ordenanzas Municipales. Cantón Tisaleo: Que aprueba la alineación de los objetivos estratégicos y metas del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial con el Nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2021-2025

Número de Boletín139
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 20 de abril de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 139
67
GAD MUNICIPAL DEL CANTON TISALEO
1
CONCEJO MUNICIPAL
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL
CANTÓN TISALEO
CONSIDERANDO:
Que, el número I del artículo 154 de la Constitución de la República, determina que es
atribución de los Ministros de Estado: "(…) 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión
Que, el artículo 226 ibídem manda: "Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud
de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley (…)";
Que, el artículo 227 ibídem, dispone: "La administración pública constituye un servicio
a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación,
transparencia y evaluación",
Que, el artículo 280 ibídem, señala: "El Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al
que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y
ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos
públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el Estado central y los
gobiernos autónomos descentralizados, su observancia será de carácter obligatorio para
el sector público e indicativo para los demás sectores",
Autonomía y Descentralización, determina: "El ejercicio de la autoridad y las potestades
públicas de los gobiernos autónomos descentralizados se regirán por los siguientes
principios: (…) e) Complementariedad. - Los gobiernos autónomos descentralizados
tienen la obligación compartida de articular sus planes de desarrollo territorial al Plan
Nacional de Desarrollo y gestionar sus competencias de manera complementaria para
hacer efectivos los derechos de la ciudadanía y el régimen del buen vivir y contribuir así
al mejoramiento de los impactos de las políticas públicas promovidas por el Estado
ecuatoriano";
Que, el literal a) del artículo 54 ibídem, señala: "Son funciones del gobierno autónomo
descentralizado municipal las siguientes": "Promover el desarrollo sustentable de su
circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR