Ordenanza Municipal 04-2017 - Cantón La Troncal: Que reforma a la Ordenanza de control de expendio y consumo de bebidas alcohólicas y regularización del funcionamiento de locales que expenden y comercializan las mismas

Fecha de disposición16 Febrero 2017
Fecha de publicación16 Febrero 2017
Número de registro04-2017
Número de Gaceta946-Primer Suplemento
Jueves 16 de febrero de 2017 – 31Registro Of‌i cial Nº 946 – Suplemento
virtud de los proyectos que ingresen al programa PIEBT –
YACHAY, pertenecen en su totalidad al emprendedor.
15. CONSULTAS
Las consultas podrán ser dirigidas, a la dirección de correo
electrónico: emprende@yachay.gob.ec.
No. 04-2017
EL ÓRGANO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN LA TRONCAL
Considerando:
Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 264 en
sus numerales 1 y 2 de la constitución de la Republica
los gobiernos autónomos descentralizados tendrán entre
sus competencias exclusivas 1.- Planif‌i car el desarrollo
cantonal y formular las correspondientes planes de
ordenamiento territorial, de manera articulada con la
Planif‌i cación nacional, regional, provincial y parroquial,
con el f‌i n de regular el uso y la ocupación del suelo urbano
y rural 2.- Ejercer el control sobre el uso y ocupación del
suelo en el cantón.
Que, los artículos 23 y 31 de la Norma Suprema reconoce el
derecho a las personas para acceder y participar del espacio
público como ámbito de intercambio cultural, cohesión
social y promoción de la igualdad en la diversidad; y que las
personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de
los espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad,
justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y
equilibrio entre lo urbano y rural;
establece que los gobiernos autónomos descentralizados
de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y
cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones territoriales;
Que, de conformidad con el artículo 277 de la Constitución
de la Republica para la consecución del buen vivir, será
deberes generales del Estado: “3. Generar y Ejecutar
las políticas públicas, y controlar y sancionar su
incumplimiento”;
Organización Territorial, autonomía y Descentralización
municipal “m) Regular y controlar el uso del espacio
público cantonal”, de acuerdo con lo previsto en el artículo
55 ibídem que determina entre sus competencias exclusivas:
b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en
el cantón;
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
establece que el concejo municipal le corresponde entre
otras: x) Regular y controlar, mediante la normativa
cantonal correspondiente, el uso del suelo en el territorio del
cantón, de conformidad con las leyes sobre la materia…..”
Territorial, Autonomía y Descentralización señala que: los
procedimientos administrativos no regulados expresamente
en este código estarán regulados por acto normativo expedido
por el correspondiente gobierno autónomo descentralizado
de conformidad con este código dichas normas incluirán, al
menos, los plazos máximos de duración del procedimiento
y los efectos que produjeren su vencimiento.
Territorial, Autonomía y Descentralización establece que los
funcionarios de los gobiernos autónomos descentralizados
encargados del juzgamiento de infracciones a la normativa
expedida por cada nivel de gobierno, ejercen la potestad
sancionadora en materia administrativa y que los gobiernos
autónomos descentralizados tienen plena competencia
establecer sanciones administrativas mediante acto
normativo, para su juzgamiento y para hacer cumplir la
resolución dictada en ejercicio de la potestad sancionadora,
siempre en el ámbito de sus competencias y respetando
las garantías del debido proceso contempladas en la
Que, la compra entrega gratuita y consumo de bebidas
alcohólicas en el espacio público son generadores de
conf‌l ictos sociales, incremento de la violencia, produciendo
altos índices en el cometimiento de contravenciones y
delitos;
Que, se hace necesario regular este problema ciudadano de
manera integral, responsable y acorde con los parámetros
constitucionales, con la f‌i nalidad de que se respeten
y protejan los derechos constitucionales de las y los
ciudadanos y de esa manera, alcanzar el sumak kawsay.
Que, la ordenanza fue aprobada por el Concejo Municipal
del Cantón La Troncal en dos sesiones ordinarias celebradas
los días 27 DE NOVIEMBRE DEL 2014, Y 22 DE
ENERO DEL AÑO 2015 y publicada en el Registro Of‌i cial
Suplemento Nro. 439 de fecha miércoles 18 de febrero de
2015.
Que, mediante convocatoria de fecha 22 de Diciembre del
año 2016 se procedió a reunir y tomar en consideración
la reforma de la Ordenanza de Control de Expendio y
Consumo de Bebidas Alcohólicas y Regularización del
Funcionamiento de Locales que Expenden y Comercializan
las Mismas.
En el Ejercicio de las atribuciones legales conferidas en
los artículos 240, numerales 1 y 2 del artículo 264 de la
Constitución de la Republica, y en los artículos 7 y 57
Autonomía y Descentralización, el Concejo Cantonal
Expide:
LA “REFORMA A LA ORDENANZA DE CONTROL
DE EXPENDIO Y CONSUMO DE BEBIDAS
ALCOHÓLICAS Y REGULARIZACIÓN DEL
FUNCIONAMIENTO DE LOCALES QUE
EXPENDEN Y COMERCIALIZAN LAS MISMAS.”

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