Ordenanzas Municipales. Cantón Tulcán: Reformatoria a la Ordenanza de aprobación de la actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial y aprobación del Plan de Uso y Gestión del Suelo
Número de Boletín | 51 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Viernes 18 de marzo de 2022 Registro Ocial - Edición Especial Nº 51
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE TULCÁN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, prioriza todos aquellos aspectos que
son de transcendencia para el desarrollo Cantonal además es competencia privativa del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal la regulación del uso y ocupación del
suelo, en cuyo caso los demás niveles de gobierno deben respetar las decisiones
municipales, las que deben gozar de legitimidad expresada a través de los espacios de
participación ciudadana.
Una adecuada y eficaz planificación del desarrollo, que goce de legitimidad expresada
por los distintos actores sociales, son de mucha trascendencia local; sin embargo, esa
participación ciudadana debe ser ordenada y organizada para evitar confusiones y caos,
acorde con la realidad cantonal, en cuyo propósito se hace indispensable expedir normas
regulatorias locales, con base en la normativa constitucional y legal aplicable al caso
concreto.
Es necesario que, a través de una real Planificación y los componentes del Plan de
Desarrollo y Ordenamiento Territorial, se priorice garantizar los derechos de las
personas, por lo que se propone un Plan que responda a las realidades del cantón en su
situación actual y de forma prospectiva.
Al ser uno de los objetivos del régimen de desarrollo, promover un ordenamiento
territorial equilibrado y equitativo que integre las distintas actividades que se generan en
el Cantón, y que coadyuven a la unidad del Estado, es necesario incorporar las normas
sobre la alineación de los Objetivos Estratégicos del PDOT del Cantón Tulcán con el
Plan Nacional de Desarrollo 2021-2025, Plan de Creación de Oportunidades.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 002-2021-CNP, el Consejo Nacional de Planificación, en
su Art. 1 señala que conoció y aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2021 – 2025, en
su integridad y contenido.
Que, en el Art. 2, IBIDEM, dispone a la Secretaría Nacional de Planificación, de
conformidad al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y su reglamento,
emita las directrices y/o instrumentos necesarios con el fin de que la gestión pública, sus
planes y/o proyectos a nivel nacional y territorial, estén alineados con el PND 2021 –
2025.
Que, mediante Acuerdo N° SNP-SNP-2021-0010-A, en su Art. 1, referido al OBJETO,
establece que: El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las directrices para la
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