Ordenanzas Municipales 053-2017. Cantón Urcuquí: Sustitutiva que establece el régimen administrativo de regularización de excedentes y/o diferencias de los predios urbanos y rurales
Número de Boletín | 987 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
36 – Miércoles 19 de abril de 2017 Registro Ofi cial Nº 987
CERTIFICACIÓN DE DISCUSIÓN
El suscrito Secretario General Municipal certifi ca
que la “ORDENANZA QUE REGLAMENTA
LA TASA DE HABILITACIÓN Y CONTROL
DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES,
INDUSTRIALES Y CUALQUIERA DE ORDEN
ECONÓMICO QUE OPERE EN LA JURISDICCIÓN
DEL CANTÓN PEDRO CARBO”, fue discutida y
aprobada en las sesiones ordinarias celebradas por el
Ilustre Concejo del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Pedro Carbo, los días: jueves 1 y 15
de septiembre del 2016.
Lo certifi co en honor a la verdad.
f.) Ab. Washington Patricio Laz Macías, Secretario General
Municipal.
Pedro Carbo, 21 de septiembre de 2016.
NOTIFICACIÓN
Con la certifi cación de discusión y aprobación de la norma
que antecede, esta Secretaría General notifi ca al Ing. Agr.
Ignacio Xavier Figueroa Gonzáles, Alcalde, del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Pedro
Carbo, remitiendo la ordenanza en original y las copias para
la consecución del trámite legal.
Lo certifi co en honor a la verdad.
f.) Ab. Washington Patricio Laz Macías, Secretario General
Municipal.
Pedro Carbo, 23 de septiembre de 2016.
ALCALDÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
PEDRO CARBO
Habiendo observado y cumplido el trámite legal establecido
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
-COOTAD-, y estando de acuerdo con la Constitución y
leyes de la República. SANCIONO LA “ORDENANZA
QUE REGLAMENTA LA TASA DE HABILITACIÓN
Y CONTROL DE ESTABLECIMIENTOS
COMERCIALES, INDUSTRIALES Y CUALQUIERA
DE ORDEN ECONÓMICO QUE OPERE EN LA
JURISDICCIÓN DEL CANTÓN PEDRO CARBO”,
y autorizo su promulgación para su vigencia a partir de
su publicación en el registro ofi cial, además en la gaceta
ofi cial; y en la página Web: www.pedrocarbo.gob.ec., de
esta entidad municipal, para los fi nes legales pertinentes.
f.) Ing. Agr. Ignacio Xavier Figueroa Gonzáles, Alcalde del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón
Pedro Carbo.
Pedro Carbo, 23 de septiembre de 2016.
El Ing. Agr. Ignacio Xavier Figueroa Gonzáles, Alcalde, del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón
Pedro Carbo, proveyó, fi rmó y autorizó la promulgación
de la “ORDENANZA QUE REGLAMENTA
LA TASA DE HABILITACIÓN Y CONTROL
DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES,
INDUSTRIALES Y CUALQUIERA DE ORDEN
ECONÓMICO QUE OPERE EN LA JURISDICCIÓN
DEL CANTÓN PEDRO CARBO”, de conformidad a las
leyes en vigencia, y en la fecha señalada.
Lo certifi co en honor a la verdad,
f.) Ab. Washington Patricio Laz Macías, Secretario General
Municipal.
Nº 053-2017
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE URCUQUÍ
Considerando:
Que, el artículo 240 de la Constitución de la República
del Ecuador establece: “Los Gobiernos Autónomos
Descentralizados de las Regiones, Distritos Metropolitanos,
provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el
ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales…”.
de la República del Ecuador establece: “Los Gobiernos
Municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas
sin perjuicio de otras que determine la ley… 9.- Formar y
administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales”;
Que, el Art. 321 de la Constitución de la República del
Ecuador establece: “El Estado reconoce y garantiza el
derecho a la propiedad en sus formas pública, privada,
comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mixta, y que
deberá cumplir su función social y ambiental”.
Que, el artículo 53 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización, (COOTAD),
establecen que los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Municipales son personas jurídicas de derecho público, con
autonomía política , administrativa y fi nanciera …;
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
(COOTAD), establecen que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados Municipales tiene, entre otras, la siguiente
función: “c) Establecer el régimen de uso del suelo y
urbanístico, para lo cual determinará las condiciones de
urbanización, parcelación, lotización, división o cualquier
otra forma de fraccionamiento de conformidad con la
planifi cación cantonal, asegurando porcentajes para zonas
verdes y áreas comunales”
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