Cantón Ventanas: Para La Aplicación De La Estructura Tarifaria Fija Y Variable Por La Prestación Del Servicio De Agua Potable

Fecha de disposición14 Diciembre 2017
Fecha de publicación14 Diciembre 2017
Número de Gaceta147
Jueves 14 de diciembre de 2017 – 35Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 147
DISPOSICION FINAL
Única.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a
partir de su aprobación por el Concejo Legislativo del
GAD municipal, su sanción y publicación en la Página
web del Gobierno Municipal del Cantón Ventanas, Gaceta
Municipal; sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial .
Dado y f‌i rmado en la sala de sesiones del GAD Municipal
de Ventanas, a los 9 días del mes de agosto del 2017.
f.) Sr. Patricio Urrutia Espinoza, Alcalde del Canton.
f.) Ab. Rolando Ramírez Veloz, Secretario del Concejo.
CERTIFICO: Que; la ORDENANZA QUE ESTABLECE
Y REGULA EL SERVICIO DE REVISIÓN TÉCNICA
VEHICULAR DEL CANTÓN VENTANAS, fue
debidamente discutida y aprobada por el Concejo Municipal
del Cantón Ventanas, en las sesiones extra- ordinarias del
28 de julio del 2017 y 9 de agosto del 2017 en primero y
segundo debate respectivamente, de conformidad con lo que
Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).
f.) Ab. Rolando Ramírez Veloz, Secretario General del
Concejo.
Vistos.- Ejecútese y Envíese para su publicación.
Sanción.- En la ciudad de Ventanas, a los 15 días del mes
de agosto del año 2017, de conformidad con lo que dispone
Territorial, Autonomía y Descentralización, habiéndose
cumplido el trámite legal correspondiente, estando acorde
a los preceptos Constitucionales de la Republica sanciono,
la ORDENANZA QUE ESTABLECE Y REGULA EL
SERVICIO DE REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR
DEL CANTÓN VENTANAS.
f.) Sr. P atricio Urrutia Espinoza, Alcalde del Cantón
Ventanas.
SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO
MUNICIPAL DEL CANTÓN VENTANAS.
Razón.- Siento como tal razón que el Sr. Patricio Urrutia
Espinoza. Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Ventanas. Proveyó y f‌i rmo la
ordenanza que antecede.- LO CERTIFICO.
Ventanas 15 de agosto del 2017.
f.) Ab. Rolando Ramírez Veloz, Secretario General del
Concejo.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN VENTANAS
Considerando:
Art. 32 establece que la salud es un derecho que garantiza
el estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros
derechos, entre ellos al agua, como derecho del buen vivir.
establece entre las competencias exclusivas de los
Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales,
la de prestar los servicios públicos de agua potable,
alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de
desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y
todos aquellos que establezca la ley.
Territorial Autonomía y Descentralización, en el literal e)
establece como competencia de los Gobiernos Municipales
las de crear, modif‌i car, exonerar, o suprimir mediante
ordenanzas: tasas, tarifas, y contribuciones especiales de
mejoras.
Autonomía y Descentralización, en el literal c) del Art.
57 establece que una de las atribuciones del Concejo
Municipal, es la de crear, modif‌i car, exonerar, o extinguir
tasas y contribuciones especiales por los servicios que
presta y obras que ejecuta.
Que, el segundo párrafo del Art. 172 del Código Orgánico
de Organización Territorial Autonomía y Descentralización,
establece que son ingresos propios los que provienen de
impuestos, tasas y contribuciones especiales de mejoras.
Que, el Art. 567 de Código Orgánica de Organización
Territorial Autonomía y Descentralización; manif‌i esta
que el Estado y más entidades der sector público pagaran
las tasas que se establezcan por la prestación de servicios
públicos que otorguen las Municipalidades, Distritos
Metropolitanos y sus empresas. Para este objeto, harán
constar la correspondiente partida en sus respectivos
presupuestos.
Que, la comisión Legislativa de “servicios Públicos,
Abastecimiento de Agua Potable, Alcantarillado, y Aseo
Público, Bomberos, Mataderos, Plazas de Mercado,
Cementerios, y Otros Que Puedan Calif‌i carse”; con fecha
24 de octubre del 2016, emite su informe técnico para la
determinación del pliego tarifario de acuerdo a los rangos
de consumo, en base al estudio y análisis del informe
técnico para la aplicación de la estructura tarifaria f‌i ja y
variable por la prestación del servicio de agua potable en
el Cantón Ventanas; presentado y suscrito por el Ing. Julio
Espinoza Herrera Gerente de la EP-MAPAVEN, mediante
Of‌i cio: EP-MAPAVEN-GEG-2016-173.
El Concejo Legislativo del Gobierno Municipal del Cantón
Ventanas en ejercicio de las atribuciones establecidas en
Organización Territorial Autonomía y Descentralización.
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