Ordenanzas Municipales. Cantón Ventanas: Que Establece Y Regula El Sistema De Estacionamiento Rotativo Tarifado Seguro En La Zona Urbana

Número de Boletín147
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 14 de diciembre de 2017 – 11Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 147
Las infracciones leves, serán sancionadas con el 25% de
una Remuneración Básica Unif‌i cada.
Las infracciones graves, serán sancionadas con 50%
Remuneración Básica Unif‌i cada.
Las infracciones muy graves, serán sancionadas con 1
Remuneración Básica Unif‌i cada.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- Los ingresos por recaudación, deben ser
reinvertidos para mejorar la gestión de prestación del
servicio, e incrementar el equipamiento de la Dirección de
Gestión Ambiental e Higiene.
SEGUNDA.- Convenios de mancomunidad.- Para
mejorar el ejercicio de la competencia de manejo integral de
residuos sólidos, incluso la prestación de servicios dentro
del área de inf‌l uencia, la Municipalidad podrá celebrar
convenios de mancomunidad.
TERCERA.- Transferencia de fondos.- La Municipalidad
transferirá los fondos necesarios a la empresa encargada
de la prestación de servicios en caso que se aplique ésta
modalidad.
CUARTA.- Normas Supletorias.- En todo cuanto no
se encuentre contemplado en esta ordenanza se estará
Territorial, Autonomía y Descentralización, Código
Orgánico Tributario; y demás leyes y legislación secundaria
conexas que sean aplicables.
DISPOSICION TRANSITORIA
PRIMERA.- Hasta que el Concejo municipal realice el
análisis y emita su resolución, referente al cuadro de la
Tasa de GIRS (Tasa de GIRS = Tasa de Servicio + Factor
de gestión + Factor SBU), de conformidad con los rangos
de consumo de energía eléctrica, se seguirá recaudando
conforme a lo equivalente al 10% de la tarifa de la planilla
de consumo de energía eléctrica emitida por CNEL-EP, con
forme lo establecido en el art.41 de la presente Ordenanza.
SEGUNDA.- La presente Ordenanza será difundida en los
diferentes medios de comunicación durante el lapso de 60
días, con el objeto de que las/los ciudadanas/os tenga pleno
conocimiento de los deberes, derechos y obligaciones que
constan en esta ordenanza.
DISPOSICION FINAL
Única.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a
partir de su aprobación por el Concejo Legislativo del
GAD municipal, su sanción y publicación en la Página
web del Gobierno Municipal del Cantón Ventanas, Gaceta
Municipal; sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial .
Dado y f‌i rmado en la sala de sesiones del GAD Municipal
de Ventanas, a los 9 días del mes de agosto del 2017.
f.) Sr. Patricio Urrutia Espinoza, Alcalde del Cantón.
f.) Ab. Rolando Ramírez Veloz, Secretario del Concejo.
CERTIFICO: Que; la ORDENANZA REFORMA-
TORIA A LA ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE
REGULA EL MANEJO Y DISPOSICIÓN DE
DESECHOS SÓLIDOS EN EL CANTÓN VENTANAS,
fue debidamente discutida y aprobada por el Concejo
Municipal del Cantón Ventanas, en las sesiones extra-
ordinarias del 15 de enero del 2016 y 9 de agosto del 2017 en
primero y segundo debate respectivamente, de conformidad
con lo que dispone el Art. 322 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
f.) Ab. Rolando Ramírez Veloz, Secretario General del
Concejo.
Vistos.- Ejecútese y Envíese para su publicación.
Sanción.- En la ciudad de Ventanas, a los 15 días del mes
de agosto del año 2017, de conformidad con lo que dispone
Territorial, Autonomía y Descentralización, habiéndose
cumplido el trámite legal correspondiente, estando
acorde a los preceptos Constitucionales de la Republica
sanciono; LA ORDENANZA REFORMATORIA A LA
ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE REGULA EL
MANEJO Y DISPOSICIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS
EN EL CANTÓN VENTANAS.
f.) Sr. Patricio Urrutia Espinoza, Alcalde del Cantón
Ventanas.
SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO
MUNICIPAL DEL CANTÓN VENTANAS.
Razón.- Siento como tal razón que el Sr. Patricio Urrutia
Espinoza. Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Ventanas. Proveyó y f‌i rmo la
ordenanza que antecede.- LO CERTIFICO.
Ventanas 15 de agosto del 2017.
f.) Ab. Rolando Ramírez Veloz, Secretario General del
Concejo.
EL CONCEJO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO
AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTON VENTANAS
Considerando:
numeral 6, otorga la competencia exclusiva para que las
municipalidades del país, dentro de su jurisdicción, asuman
la planif‌i cación, regulación y control del tránsito y el
transporte público;
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