Ordenanzas Municipales. Cantón Yaguachi: Que regula la determinación, recaudación y control del impuesto a los vehículos
Número de Boletín | 576-Edición Especial |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 27 de Noviembre de 2015 |
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON SAN JACINTO DE YAGUACHI
Considerando:
Que, el Art. 240 de la Constitución de la República ordena que los Gobiernos Autónomos Descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tengan facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales.
Que, el Art. 300 de la Constitución de la República dispone que el régimen tributario se rija por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria.
Que, el Art. 185 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización ordena que los gobiernos municipales, además de los ingresos propios que puedan generar, sean beneficiarios de los impuestos establecidos en la ley.
Que, los artículos 489, 490 y 491 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establecen a los tributos y dentro de estos a los impuestos como fuentes de financiamiento de los municipios.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en su artículo 492 faculta a los municipios a reglamentar mediante ordenanza el cobro de tributos;
Que el TITULO IX, CAPITULO III, Sección 7ª. Del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, regula el impuesto a los vehículos:
Haciendo uso de las atribuciones del Concejo Cantonal establecidas en los literales a) y b) del Art. 57 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización:
Expide:
LA ORDENANZA QUE REGULA LA DETERMINACION, RECAUDACION Y CONTROL DEL IMPUESTO A LOS VEHICULOS EN EL CANTON SAN JACINTO DE YAGUACHI
DEL HECHO GENERADOR Y OBJETO DEL IMPUESTO
DEL PAGO DEL IMPUESTO Y DE COMISIÓN
DE TRANSITO
Se pagará el impuesto al comenzar el año, por el propietario del vehículo, aunque el mismo hubiere pasado a otro dueño, quien deberá cubrirlo si no se ha hecho el pago por el propietario anterior; por lo que previo a la matriculación se exigirá la presentación del documento que acredite el pago del impuesto.
Para otorgar el comprobante de pago...
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