Cantón Yantzaza: Que Reforma A La Primera Reforma A La Ordenanza De La Vía Pública

Fecha de disposición11 Octubre 2017
Fecha de publicación11 Octubre 2017
Número de Gaceta97
Miércoles 11 de octubre de 2017 – 45Registro Of‌i cial Nº 97
En mi calidad de alcalde del cantón, y en uso de las
atribuciones que me conf‌i ere el Art. 324 del Código Orgánico
de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
SANCIONO la presente ORDENANZA PARA LA
GESTIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS SANITARIOS
GENERADOS EN EL CANTÓN VINCES; y, ordeno
su promulgación a través de su publicación en el Registro
Of‌i cial, la gaceta of‌i cial municipal y en el dominio Web
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del
Cantón Vinces. Una vez cumplidas con estas formalidades
se deberá remitir en archivo digital la presente ordenanza a
la Asamblea Nacional.
Vinces, 20 de julio del 2017.
f.) Econ. Cristian Villasagua Santana, Alcalde del cantón
Vinces.
El Econ. Cristian Villasagua Santana, Alcalde del cantón
Vinces, SANCIONÓ y ordenó la promulgación de la
presente ORDENANZA PARA LA GESTIÓN DE
DESECHOS SÓLIDOS SANITARIOS GENERADOS
EN EL CANTÓN VINCES a los veinte días del mes de
julio del año dos mil diecisiete, de acuerdo al Art. 324 del
Descentralización. Lo certif‌i co.-
Vinces, 20 de jul io del 2017.
f.) Ab. Víctor Santana Llaguno, Secretario General.
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DE YANTZAZA
Considerando:
Que, el numeral 2 del artículo 264 de la Constitución
determina como competencia exclusiva de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados Municipales, “Ejercer el
control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón” en
su jurisdicción cantonal;
Que, el literal a) del artículo 57, del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
COOTAD, le atribuye al Concejo Municipal la facultad
normativa en materias de su competencia, mediante
la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y
resoluciones.
Que, el literal m) del artículo 54 del COOTAD,
determina como funciones de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados Municipales regular y controlar el uso del
espacio público cantonal y de manera particular el ejercicio
de todo tipo de actividad que se desarrolle en la colocación
de publicidad, redes o señalización.
Que, el Gobierno Municipal de Yantzaza, aprobó la Primera
Reforma a la Ordenanza de la Vía Pública la misma que
esta publicada en el Registro Of‌i cial Edición Especial Núm.
60 del diecinueve de junio del dos mil ocho.
En uso de las atribuciones que le conf‌i ere la Constitución
Territorial, Autonomía y Descentralización, resuelve
expedir la siguiente:
REFORMA A LA PRIMERA REFORMA A LA
ORDENANZA DE LA VIA PÚBLICA
Art. 1.- Cámbiese el literal c) del Art. 2, por el siguiente:
c.) Las cooperativas y empresas de transporte en camiones
de carga pesada y camiones de carga liviana, que ocupen
la vía pública deberán obtener el permiso anual en la
Dirección de Planif‌i cación Urbana y Rural y la cancelación
será del 3% de una remuneración básica unif‌i cada del
trabajador en general, por metro cuadrado que reserven.
Una vez realizados los pagos respectivos el Departamento
de Planif‌i cación emitirá un informe técnico a Comisaría
Municipal para que estos determinen la señalización o la
demarcación del área en donde se ha obtenido el permiso.
Art. 2.- La presente reforma entrará en vigencia a partir de
su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado y f‌i rmado en la Sala de Sesiones del Concejo del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de
Yantzaza, a los veintidós días del mes de noviembre del
año dos mil dieciséis.
f.) Bladimir Gonzalo Armijos Vivanco, Alcalde del cantón
Yantzaza.
f.) Silvana Escobar Arrobo, Secretaria General Enc.
CERTIFICADO DE DISCUSIÓN: Que la REFORMA A
LA PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA DE LA
VIA PÚBLICA, fue discutida y aprobada por el Concejo
del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de
Yantzaza en las sesiones ordinarias del ocho y veintidós de
noviembre del año dos mil dieciséis, en su orden.
f.) Silvana Escobar Arrobo, Secretaria General Enc.
ALCALDIA DEL CANTÓN YANTZAZA.- Ejecútese y
envíese al Registro Of‌i cial para su publicación.- Yantzaza,
24 de noviembre de 2016.
f.) Bladimir Armijos Vivanco, Alcalde del cantón Yantzaza.
Proveyó y f‌i rmó el decreto que antecede el señor. Bladimir
Gonzalo Armijos Vivanco, Alcalde del cantón Yantzaza, el
veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis; conforme
lo establece el Art 322 y Art 324 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, -
Yantzaza, 24 de noviembre de 2016.- CERTIFICO.
f.) Silvana Escobar Arrobo, Secretaria General Enc.
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