Recursos 625-2010. Recursos de casación de los juicios de lo Civil, Mercantil y Familia interpuestos por las siguientes personas: Luis Vicente Sinche Aguinsaca en contra de Manuel Francisco Sinche y otros

Número de Boletín425-Edición Especial
SecciónRecursos
EmisorCorte Nacional de Justicia
Fecha de la disposición 9 de Noviembre de 2010

JUICIO No. 216-07 ex 3era Sala Mas

ACTOR: Luis Sinche.

DEMANDADOS: Manuel Sinche y otros.

JUEZ PONENTE: Dr. Manuel Sánchez Zuraty.

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL Y FAMILIA

Quito, 9 de noviembre del 2010; las 09h30.

VISTOS. (No. 216-07 ex 3ra sala Mas).- Conocemos la presente causa como Jueces de la Sala de lo Civil, Mercantil y Familia de la Corte Nacional de justicia, en mérito a lo dispuesto en la segunda disposición transitoria del Código Orgánico de la Función Judicial publicado en el suplemento del Registro Oficial No. 544 de 9 de marzo del 2009; en el numeral 4, literales a) y b), del apartado IV, DECISIÓN, de la Sentencia interpretativa 001-08-SI-CC, dictada por la Corte Constitucional el 28 de noviembre de 2008, publicada en el Registro Oficial No. 179 de 2 de diciembre del mismo año, debidamente posesionados en día 17 de diciembre del 2008, ante el Consejo Nacional de la Judicatura; y, en concordancia con el Art. 5 de la Resolución Sustitutiva tomada por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia tomada en sesión de 22 de diciembre del 2008, publicada en el Registro Oficial No. 511 de 21 de Enero del 2009; y, los artículos 184 de la Constitución de la República del Ecuador y 1 de la ley de Casación.- En lo principal, la parte actora Luis Vicente Sinchi Aguinsaca, en el juicio ordinario por reivindicación que sigue contra Manuel Francisco Sinche y otros, deduce recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Superior de Justicia de Loja, el 07 de mayo de 2007, las 16h00 (fojas 32 y 33 del cuaderno de segunda instancia), que admite la impugnación, revoca la sentencia del inferior y rechaza la demanda.- El recurso se encuentra en estado de resolución, para hacerlo, se considera: PRIMERO.- Esta Sala es competente para conocer y resolver la presente causa en virtud de la Disposición Transitoria Octava de la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, las normas señaladas en la parte expositiva del presente fallo y la distribución en razón de la materia, hecha mediante Resolución del Pleno de la Corte Nacional de Justicia en sesión realizada el día 22 de diciembre de 2008, publicada en el Registro Oficial No. 511 de 21 de enero de 2009.- El recurso de casación ha sido calificado y admitido a trámite mediante auto de 21 de noviembre del 2007, las 09h50.- SEGUNDO.- En virtud del principio dispositivo contemplado en el Art. 168, numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador, desarrollado en el Art. 19 del Código Orgánico de la Función Judicial, son los recurrentes quienes fijan los límites del análisis y decisión del Tribunal de Casación.- TERCERO.- La peticionario considera infringidas las siguientes normas de derecho. Artículo 23 numerales 26 y 27; 24 numerales 10 y 13; 192 de la Constitución Política de la República del Ecuador de 1998. Artículos 933, 937 y 939 del Código Civil. Artículo 113, 114, 115, 274, 275, y 276 del Código de Procedimiento Civil.- La causal en la que funda el recurso es la tercera del artículo 3 de la ley de Casación.- CUARTO.- Por principio de supremacía de la norma constitucional, reconocida en los artículos 424 y 425 de la Constitución de la república del Ecuador, correspondería conocer el primer lugar las impugnaciones por inconstitucionalidad, pero como la única causal invocada es la tercera del Art. 3 de la Ley de Casación, procede el análisis global del recurso.- La causal tercera se refiere a la aplicación indebida, falta de aplicación o errónea interpretación de los preceptos jurídicos aplicables a la valoración de la prueba, siempre que hayan conducido a una equivocada aplicación o a la no aplicación de normas de derecho en la sentencia o auto. Esta causal permite casar el fallo cuando el mismo incurre en inaplicar, aplicar indebidamente o interpretar en forma...

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