Resoluciones. CDE-EP-CDE-EP-2017-0002-R Deléguense atribuciones a el/la Director/a de la Gestión de Talento Humano
Número de Boletín | 354 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Empresa Pública Correos del Ecuador Cde. E.P. |
Miércoles 24 de octubre de 2018 – 23Registro Ofi cial Nº 354
de Negocios, remite el Informe Técnico elaborado por la
Ing. Jennyfer Peña, Analista de Servicios y revisado por
el Lcdo. Luis Vásquez, Director de Marketing (E), en el
que se concluye: “ En base a la situación actual del área
operativa, al levantamiento de los costos y al benchmarking
realizado, se establece que existe la necesidad de la
implementación de una tarifa que permita cubrir los costos
y generar mejoras en los procesos operativos del trámite
de nacionalización que brinda Correos del Ecuador a
la paquetería internacional de comercio electrónico en
materia postal en el rango de peso declarado hasta 2.000
gr.".
En uso de las facultades legales,
Resuelve:
Artículo 1.- Expedir la siguiente Tarifa por concepto
de trámites Operativos de Nacionalización de toda la
paquetería internacional relacionada con el comercio
electrónico en materia postal en el rango de peso declarado
de hasta 2.000 gr., por un valor de USD $ 3.13 (Tres con
13/100 dólares de los Estados Unidos de América) sin
Incluir IVA.
Artículo 2.- La presente tarifa se aplicará a la paquetería
internacional relacionada con el comercio electrónico en
materia postal en el rango de peso declarado hasta 2.000
gr., que arribe al país a partir del 01 de octubre de 2017,
exceptuando envíos considerados de “Categoría A”.
Artículo 3.- La Empresa Pública Correos del Ecuador
CDE E.P. realizará la entrega de la paquetería en la
dirección establecida por el destinatario fi nal.
Artículo 4.- Las demás tarifas no contempladas en esta
resolución no serán modifi cadas, y permanecerán vigentes
surtiendo todos los efectos legales correspondientes.
Artículo 5.- Derogar y dejar sin efecto toda disposición de
igual o menor jerarquía que se oponga a esta Resolución.
Artículo 6.- De la ejecución de la presente Resolución
que entrará en vigencia a partir de la fecha de su
expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Ofi cial, encárguese a la Gerencia Nacional de Negocios,
Gerencia Nacional de Operaciones, Gerencia Nacional
Administrativa Financiera, Dirección de Tecnologías
de la Información y Comunicaciones y a la Dirección de
Comunicación y Asuntos Internacionales.
NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Documento fi rmado electrónicamente
Ing. Freddy David Ortiz Jaramillo, Director Financiero.
CORREOS DEL ECUADOR CDE E.P.- El Presente
documento es fi el copia del original que reposa en: ..... .- Lo
certifi co.- f.) Ilegible, Secretaría General.- 24 de septiembre
de 2018.
EMPRESA PÚBLICA CORREOS DEL ECUADOR
Nro. CDE-EP-CDE-EP-2017-0002-R
Quito, D.M., 07 de julio de 2017
LA GERENCIA GENERAL
DE LA EMPRESA PÚBLICA
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
establece: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que
les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
fi nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
Que, el artículo 227 de la Carta Magna determina:
“La administración pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de efi cacia,
efi ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planifi cación, transparencia y evaluación.”;
Que, el primer inciso del artículo 315 de la Constitución
de la República dispone: “El Estado constituirá empresas
públicas para la gestión de sectores estratégicos, la
prestación de servicios públicos, el aprovechamiento
sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el
desarrollo de otras actividades económicas. (...)”;
Que, el artículo 10 de la Ley Orgánica de Empresas
Públicas establece: “La o el Gerente General de la
empresa pública será designado por el Directorio, de
fuera de su seno. Ejercerá la representación legal, judicial
y extrajudicial de la empresa y será en consecuencia el
responsable de la gestión empresarial, administrativa,
económica, fi nanciera, comercial, técnica y operativa”;
Que, el artículo 11 de la Ley Orgánica de Empresas
Públicas establece: “DEBERES Y ATRIBUCIONES
DEL GERENTE GENERAL.- El Gerente General, como
responsable de la administración y gestión de la empresa
pública, tendrá los siguientes deberes y atribuciones: 1.
Ejercer la representación legal, judicial y extrajudicial de
la empresa pública (...)”;
Que, el artículo 20 de la Ley ibídem establece:
“PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LA ADMINISTRACION
DEL TALENTO HUMANO DE LAS EMPRESAS
PUBLICAS.- Los sistemas de administración del talento
humano que desarrollen las empresas públicas estarán
basados en los siguientes principios: 2. Defi nición
de estructuras ocupacionales, que respondan a las
características de especifi cidad por niveles de complejidad,
riesgos ocupacionales, responsabilidad, especialización,
etc ”;
Que, la Ley Orgánica del Servicio Público dispone en el
artículo 23: “Derechos de las servidoras y los servidores
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