Resoluciones. CDE-EP-CDE-EP-2018-0026-R Autorícese se aplique el cobro, a los clientes de la Empresa Pública CDE E.P., de la tarifa complementaria - ajuste a tarifa vigente $ 5.00, por un valor de $ 1.33 más IVA, en razón de la diferencia existente entre los servicios de notifi cación y verifi cación de la paquetería ($ 5.00), y trámites operativos de representación de envíos postales ($ 3.51)

Número de Boletín405
SecciónResoluciones
EmisorEmpresa Pública Correos del Ecuador Cde. E.P.
22 – Lunes 14 de enero de 2019 Registro O cial Nº 405
Artículo 2.- Disponer a la Dirección Administrativa
realizar la publicación inmediata de la Reforma al Plan
Anual de Contrataciones (PAC), en el portal de compras
públicas, www.compraspublicas.gob.ec, correspondiente
a la Dirección General de Registro Civil, Identi cación
y Cedulación, para el ejercicio económico scal 2018, de
acuerdo a los lineamientos y formatos publicados por el
ente regulador (Servicio Nacional de Contratación Pública
– SERCOP).
Artículo 3.- Disponer a las diferentes unidades
administrativas de la Dirección General de Registro Civil,
Identi cación y Cedulación, la cabal ejecución de las
reformas al Plan Anual de Contrataciones (PAC 2018)
aprobado mediante la presente Resolución.
Artículo 4.- Del seguimiento de la ejecución de esta
Resolución encárguese a la Dirección Administrativa
y la Coordinación General de Plani cación y Gestión
Estratégica.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Por medio de la Unidad de Gestión de Secretaría
de la Dirección General de Registro Civil, Identi cación
y Cedulación, notifíquese con el contenido de la
presente Resolución al Subdirección General, a las y los
Coordinaciones Generales; y, Dirección Administrativa de
la DIGERCIC; así como procédase el envío al Registro
O cial para su correspondiente publicación.
Segunda.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro O cial.
Dado y rmado en el Distrito Metropolitano de la ciudad
de San Francisco de Quito, a los veinte y siete (27) días
del mes de junio de 2018.
f.) Ing. Jorge Oswaldo Troya Fuertes, Director General,
Dirección General de Registro Civil, Identi cación y
Cedulación.
REGISTRO CIVIL IDENTIFICACIÓN Y
CEDULACIÓN.- Certi co que es el copia del original.-
f.) Coordinadora de la Unidad de Secretaría.- 28 de
diciembre de 2018.- 9 fojas útiles.
No. CDE-EP-CDE-EP-2018-0026-R
Quito, D.M., 20 de septiembre de 2018.
EMPRESA PÚBLICA CORREOS DEL ECUADOR
LA GERENCIA GENERAL
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador establece que: “Las Instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras y servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la Carta Magna, determina:
“La administración pública constituye un servicio a
la colectividad que se rige por los principios de la
e cacia, e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 315 de la Constitución de la República,
dispone que: “El Estado constituirá empresas públicas
para la gestión de sectores estratégicos, la prestación
de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de
recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de
otras actividades económicas...”;
Que, el artículo 3 de la Ley Orgánica de Empresas
Públicas establece que: “Las empresas públicas se rigen
por los siguientes principios: 3. Actuar con e ciencia,
racionalidad, rentabilidad [...]”;
Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas
señala que: “Las empresas públicas son entidades que
pertenecen al Estado en los términos que establece
la Constitución de la República, personas jurídicas
de derecho público, con patrimonio propio, dotadas
de autonomía presupuestaria, nanciera, económica,
administrativa y de gestión. Estarán destinadas a la
gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios
públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos
naturales o de bienes públicos y en general al desarrollo
de actividades económicas que corresponden al Estado
[...]”;
Que, el artículo 10 ibídem determina que: "La o el Gerente
General de la empresa pública será designado por el
Directorio, de fuera de su seno. Ejercerá la representación
legal, judicial y extrajudicial de la empresa y será en
consecuencia el responsable de la gestión empresarial,
administrativa, económica, nanciera, comercial, técnica
y operativa. Deberá dedicarse de forma exclusiva y
a tiempo completo a las labores inherentes a su cargo,
con la salvedad establecida en la Constitución de la
República[...];"
Que, el artículo 11 de la referida Ley, señala: “DEBERES
Y ATRIBUCIONES DEL GERENTE GENERAL.- El
Gerente General, como responsable de la administración
y gestión de la empresa pública, tendrá los siguientes
deberes y atribuciones: 8. Aprobar y modi car los
reglamentos internos que requiera la empresa, excepto el
señalado en elnumeral 8 del artículo 9 de esta Ley; [...]
15. Adoptar e implementar las decisiones comerciales que
permitan la venta de productos o serviciospara atender
las necesidades de los usuarios en general y del mercado,
para lo cual podráestablecer condiciones comerciales
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