Resolución CDE-EP-LQ-2021-0001-R Autorícese el pago de matrículas y multas que se adeude a las instituciones competentes del tránsito

Número de Boletín493
SecciónResoluciones
EmisorEMPRESA PÚBLICA CORREOS DEL ECUADOR EN LIQUIDACIÓN
Tercer Suplemento Nº 493 - Registro Ocial
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Martes 13 de julio de 2021
Resolución Nro. CDE-EP-LQ-2021-0001-R
Quito, D.M., 27 de mayo de 2021
EMPRESA PÚBLICA CORREOS DEL ECUADOR, EN LIQUIDACIÓN
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador manda que: “Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y
las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 233 de la Constitución de la República del Ecuador prevé: “Ninguna
servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en
el ejercicio de sus funciones o por omisiones, y serán responsable administrativa, civil y
penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos.”;
señala: “El Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la
prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de
bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas”;
Que, el artículo 211 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe que: “La
Contraloría General del Estado es un organismo técnico encargado del control de la
utilización de los recursos estatales, y de las personas jurídicas de derecho privado que
dispongan de recursos públicos.”.
Que, el artículo 64 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva
establece: “Las Administraciones Públicas Central e Institucional de la Función Ejecutiva
sometidos a este estatuto manifiestan su voluntad jurídica de derecho público a través de
actos administrativos, actos de simple administración, hechos administrativos, contratos
administrativos y reglamentos, sin perjuicio de recurrir a otras categorías de derecho privado
cuando tales administraciones actúen dentro de dicho campo”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 324 de 14 de abril de 2010, publicado en el Registro
Oficial 184, se creó la Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P., como Operador
Público del Servicio Postal Oficial del Ecuador, persona jurídica de derecho público, con
patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa
y de gestión, con domicilio principal en Quito, Distrito Metropolitano, provincia de
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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