Cantón Chone: Para la protección de las cuencas y microcuencas hidrográficas
Número de Boletín | 102 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 3 de Junio de 2013 |
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN CHONE
EL CONCEJO CANTONAL
Considerando:
Que, la poca cobertura boscosa y el manejo no ordenado de la ganadería están afectando las fuentes de agua para el consumo de la población del cantón Chone, alterando su cantidad y calidad;
Que, que la presencia de algún tipo de actividad agropecuaria, acuícola, avícola y otras tareas están afectando los procesos de infiltración, degradando con esto la calidad de este líquido vital, por el alto contenido de sedimentos y microorganismos como: coliformes, bacterias, hongos; los cuales son arrastrados a los lugares de captación;
Que la Constitución de la República, establece el derecho de la población a vivir en un medio ambiente sano y libre de contaminación;
Que, el GAD Municipal de Chone, está en la obligación de dictar regulaciones encaminadas a frenar y controlar el deterioro del entorno natural de los centros poblados y del medio, así como de las fuentes naturales de aprovisionamiento de agua, sean urbana o rurales;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización faculta a implementar acciones de manejo de recursos naturales y gestión ambiental, específicamente las atribuciones son las siguientes: a).- Prestar los servicios de agua potable, alcantarillado, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambienta y aquellos que establezca la ley ( Art. 55 literal d) COOTAD ), b).- Delimitar, regular y controlar el uso de (...) riveras y lechos de ríos, lagos y lagunas, (...) ( Art. 55 literal j) COOTAD), c) .- Los gobiernos autónomos descentralizados municipales establecerán en forma progresiva, sistemas de gestión integral de desechos, a fin de eliminar los vertidos contaminantes en ríos, lagos, lagunas, quebradas, esteros o mar, aguas residuales provenientes de redes de alcantarillado, público o privado, así como eliminar el vertido en redes de alcantarillado ( Art. 136 inciso cuarto COOTAD).
En uso de sus atribuciones que le confiere el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización
Expide:
La siguiente ORDENANZA PARA LA PROTECCION DE LAS CUENCAS Y MICROCUENCAS HIDROGRAFICAS DEL CANTÓN CHONE.
DE LAS OBLIGACIONES DE LOS
CIUDADANOS, ENTIDADES Y
REFORESTACIONES
Estos trabajos se ejecutarán sistematizadamente con la Coordinación de Ambiente y Aseo de Calles y la Coordinación de la Comisaría Municipal.
Cuando la reforestación deba realizarse en Vertientes Naturales y/o quebradas, deberá dejarse cien metros (100 mts) a cada lado como zona protectora, para efectuar allí, la reforestación correspondiente.
DE LOS CONVENIOS
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON CHONE, a través de la Coordinación de Ambiente y Aseo de Calles, suscribirá convenios con organizaciones como Clubes, Comités, Grupos Ecológicos, Ministerios, ONG, Consejo Provincial, Comunas; etc., para el cuidado y mantenimiento de los espacios verdes de uso público, y la preservación del medio ambiente, para lo cual brindará el asesoramiento técnico respectivo.
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON CHONE, a través de los representantes legales y/o Coordinación de Ambiente y Aseo de Calles, firmará convenios de cooperación con las Universidades que funcionan en el Cantón, Provincia y el País, tendientes a obtener asesoramiento técnico, cooperación económica y labores investigativas en todas las áreas que permitan cumplir los objetivos de esta Ordenanza.
EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON CHONE, a través de los representantes legales y/o Coordinación de Ambiente y Aseo de calles, podrá suscribir convenios con la Dirección Provincial de Educación de Manabí, para que los estudiantes de los diversos planteles...
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