Ordenanzas Municipales. Cantón Santa Clara: Reformatoria a la Ordenanza que reglamenta la determinación, administración y recaudación de tasas por servicios técnicos, administrativos y generales

Número de Boletín13-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición13 de Julio de 2012

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SANTA CLARA

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 264 faculta dentro del ámbito de sus competencias y territorio a los gobiernos municipales la creación, modificación o supresión mediante Ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras.

Que, el Art. 5 del Código Orgánico de Organización territorial, autonomía y descentralización prescribe la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes previstos en la Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes.

Que, en el Registro Oficial, Suplemento No. 601 del 29 de diciembre del 2012, se publicó la Ordenanza que reglamenta la determinación, administración y recaudación de tasas por servicios técnicos, administrativos y Generales del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Clara.

Expide:

LA ORDENANZA REFORMATORIA DE LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA DETERMINACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y RECAUDACIÓN DE TASAS POR SERVICIOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS Y GENERALES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SANTA CLARA.

Art. 1.- Deróguese el último inciso del Art. 2."Equivalencia no tributaria, en razón de las obras que se ejecute dentro de la jurisdicción cantonal, para adquisiciones, obras, servicios en general, incluido consultoría en el 4% del monto adjudicado en cualquiera de sus formas.", por lo siguiente; "se retenga el 4% para las obras de infraestructura y consultorías superiores a menor cuantía".

Emitido en la sala de sesiones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Santa Clara el trece de...

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