Ordenanza Municipal CMQ Nº 001-2019 Cantón Quinsaloma: Que regula el uso, administración, y funcionamiento del parque recreacional y patio de comidas

Fecha de publicación27 Septiembre 2019
Número de Gaceta49
38 – Viernes 27 de septiembre de 2019 Registro Of‌i cial Nº 49
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- Por esta única vez, en consideración de
la participación ciudadana en la socialización de esta
Ordenanza realizada el día 21 de agosto de 2019, en la
cual se resolvió reconocer el ejemplo de vida, el aporte
encomiable, a la protección de los más vulnerables del
Cantón, se considera para la nomenclatura y denominación
en los siguientes espacios públicos:
1.- El Coliseo Ubicado en el Barrio Central “A”; con la
denominación, “COLISEO FELIX SAMUEL HARO
P.
2.- Teatrino del Barrio Cristo Rey, Centro de Arte y
Cultura; con la denominación, “TEATRINO PADRE
JAIME ÁLVAREZ BENJUMEA
SEGUNDA.- La presente ordenanza entrará en vigencia
una vez que sea sancionada por el ejecutivo sin perjuicio de
su promulgación y publicación en el Registro Of‌i cial, en la
Gaceta Of‌i cial Institucional y en su dominio Web.
Dada y f‌i
rmada en la Sala de Sesiones del Concejo
Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado del
Cantón Penipe, a los veintidós días del mes de agosto del
dos mil diecinueve.
f.) Dra. Lourdes Sonia Mancero Fray, Alcaldesa del Cantón
Penipe.
f.) Abg. Gina Silvana Gavilánez Merino, Secretaria de
Concejo.
Certif‌i co que la presente Ordenanza fue conocida, discutida
y aprobada por el Concejo de Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal de Penipe, en primera instancia
en la Sesión Extraordinaria del veintiuno de agosto del dos
mil diecinueve y en segunda y def‌i nitiva instancia en Sesión
Ordinaria de veintidós de agosto del dos mil diecinueve.
f.) Abg. Gina Silvana Gavilánez Merino, Secretaria de
Concejo.
Ejecútese y Publíquese LA ORDENANZA QUE REGULA
EL PROCEDIMIENTO PARA LA NOMINACIÓN DE
AVENIDAS, CALLES, PLAZAS, PARQUES, ESPACIOS
PUBLICOS Y ESCENARIOS DEL CANTON PENIPE, el
28 de Agosto del 2019.
f.) Dra. Lourdes Sonia Mancero Fray, Alcaldesa del Cantón
Penipe.
Proveyó y f‌i rmó la Ordenanza que antecede la Dra. Lourdes
Sonia Mancero Fray, Alcaldesa del Cantón Penipe, a los
veintiocho días del mes de agosto del 2019.
f.) Abg. Gina Silvana Gavilánez Merino, Secretaria de
Concejo.
No. CMQ Nº001-2019
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN QUINSALOMA
Considerando:
Artículo 264 reconoce que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados Municipales, en el ámbito de sus
competencias y territorio, y en uso de sus facultades
expedirán ordenanzas cantonales.
en vigencia, establece y garantiza que los gobiernos
autónomos descentralizados gozarán de autonomía política,
administrativa f‌i nanciera y que constituyen gobiernos
autónomos descentralizados, entre otros, los concejos
municipales.
del Ecuador establece que los gobiernos autónomos
descentralizados generarán sus propios recursos f‌i nancieros
y participarán de las rentas del Estado, de conformidad con
los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad.
Que, el artículo 53 del COOTAD, manif‌i esta que los
gobiernos autónomos descentralizados municipales son
personas jurídicas con autonomía política, administrativa y
f‌i nanciera.
Que, el literal m) del Artículo 54 del Código Orgánico de
Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización
(COOTAD), establece como una función de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados Municipales el de regular y
controlar el uso del espacio público cantonal y, de manera
particular, el ejercicio de todo tipo de actividad que se
desarrolle en él.
Que, es atribución del Concejo Municipal de conformidad
con el Artículo 57 del COOTAD literal b) Regular,
mediante ordenanza la aplicación de tributos previstos en
la ley a su favor; así como el literal c) de la misma norma
legal faculta Crear, modif‌i car, exonerar o extinguir tasas
y contribuciones especiales por los servicios que presta y
obras que ejecute.
Que, es necesario reglamentar el uso, administración, y
funcionamiento del parque recreacional y patio de comidas
de Quinsaloma, para su correcto uso por parte de la
ciudadanía;
Que, por medio de la presente Ordenanza se reglamenta un
proceso administrativo ef‌i ciente y ef‌i caz, aplicando tasas, y
tarifas por los servicios que se preste a la colectividad dentro
del parque recreacional y patio de comidas de Quinsaloma,
debido al gasto que realiza el Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del Cantón Quinsaloma para
el correcto funcionamiento de los mismos; aplicación de
sanciones por la inobservancia e incumplimiento de esta
normativa; así como los requisitos que deben cumplir los
usuarios para la ocupación de los lugares en mención.
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