Resoluciones SBS-2012-1168. Refórmase el Libro III 'Normas Generales para la aplicación de la Ley de Seguridad Social' de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria
Número de Boletín | 855 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Superintendencia de Bancos y Seguros |
Fecha de la disposición | 22 de Noviembre de 2012 |
Pedro Solines Chacón
SUPERINTENDENTE DE BANCOS Y SEGUROS
Considerando:
Que mediante resolución No. SBS-2012-633 de 1 de agosto del 2012, se eliminaron y reformaron algunos capítulos del libro III "Normas Generales para la aplicación de la Ley de Seguridad Social" de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria;
Que es necesario reformar dicha resolución, con el propósito de derogar las resoluciones con las cuales se incorporó y reformó el capítulo I "Normas mínimas que debe cumplir el depósito único de valores del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, custodio de los títulos valores representativos de las inversiones del seguro general obligatorio", del título III "De las operaciones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, del Servicio de Cesantía de la Policía Nacional", del citado libro III "Normas Generales para la aplicación de la Ley de Seguridad Social", derogado con la citada resolución No. SBS-2012-633; y, eliminar los artículos 13 y 14 de la mencionada resolución;
Que el artículo 308 de la Ley de Seguridad Social establece que corresponde al Superintendente de Bancos y Seguros dictar las normas de aplicación para regular el sistema nacional de seguridad social; y,
En uso de su atribución legal,
Resuelve:
En el libro III "Normas generales para la aplicación de la Ley de Seguridad Social" de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, efectuar las siguientes reformas:
SBS-2012-633 de 1 de agosto del 2012, incluir:
"Se derogan las resoluciones No. SBS-2002-0516 de 16 de julio del 2002 y No. SBS-2003-0337 de 8 de mayo del 2003."
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