Acuerdos 052-CG-2016. Codifíquese el ámbito de control de las direcciones de auditoría, direcciones regionales y delegaciones provinciales

SecciónAcuerdos
EmisorContraloría General de Estado
Viernes 3 de febrero de 2017 – 33Registro Of‌i cial Nº 937
e) Delegar la emisión y suscripción de of‌i cios de respuesta
a la petición de los sujetos obligados pertenecientes al
sector de la inversión e intermediación inmobiliaria y
la construcción y/o comercializadora de vehículos, a
no ser considerados sujetos obligados a reportar a la
Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE),
con respecto a la no habitualidad la misma que deberá
ser declarada mediante escritura pública de declaración
juramentada por parte del representante legal; y,
f) Las demás que le asigne la Ley y las normas secundarias.
Artículo 5.- Delegar al Director (a) de Prevención y Riesgos
(a) de la Unidad de Análisis Financiero y Económico
(UAFE), el ejercicio de las siguientes atribuciones:
a) Suscribir la emisión de certif‌i cados de cumplimiento
de obligaciones solicitados por los sujetos obligados
a informar a la Unidad de Análisis Financiero y
Económico (UAFE);
b) En forma exclusiva y privativa absolver en el ámbito
de su competencia, consultas planteadas por los sujetos
obligados a informar a la Unidad de Análisis Financiero
y Económico (UAFE);
c) Controlar el registro, acreditación, notif‌i cación y envío
de claves de of‌i ciales de cumplimiento de los sujetos
obligados a reportar a la Unidad de Análisis Financiero
y Económico (UAFE);
d) Gestionar la actualización de datos de of‌i ciales de
cumplimiento;
e) Gestionar la desactivación de claves de of‌i ciales de
cumplimiento;
f) Contestar requerimientos de los sujetos obligados
concernientes a los cursos organizados por la Unidad
de Análisis Financiero y Económico (UAFE) ; y,
g) Gestionar el pedido de documentación faltante dentro
de los trámites de registro y acreditación de of‌i ciales de
cumplimiento.
Artículo. 6.- Dentro de los procesos de contratación que se
ejecuten en la Unidad de Análisis Financiero y Económico
(UAFE), serán los titulares de las áreas requirentes,
responsables exclusivos del contenido, alcance de los
términos de referencia o especif‌i caciones técnicas, monto
referencial y plazos. La revisión que realiza la Dirección
Jurídica a los respectivos pliegos se referirá estrictamente a
la existencia de los contenidos legales para la ejecución del
proceso y elaboración del contrato.
Artículo. 7.- Los funcionarios a los que mediante
esta Resolución se les conf‌i ere el ejercicio de diversas
atribuciones, deberán precautelar que los actos o hechos
que deban cumplir, se ejecuten apegados a las normas que
componen el ordenamiento jurídico del país; e informarán a
pedido del Director General, sobre los trámites, procesos y
documentos realizados o suscritos en virtud de la presente
delegación.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
PRIMERA.- DEROGAR: las disposiciones emitidas
mediante Resolución No. UAF-DG-VR-2016-0008 de 08
de julio de 2016 referentes a la delegación de funciones
para la Dirección Administrativa y Financiera de la Unidad
de Análisis Financiero (UAF).
SEGUNDA.- DEROGAR: las disposiciones emitidas
mediante Resolución No. UAF-DG-2012-0085 de 23 de
Octubre de 2012 referentes a la delegación de funciones
para los Directores Técnicos de Área de la Unidad de
Análisis Financiero (UAF).
La presente resolución entrará en vigencia a partir de la
fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito D.M., a 01 de
diciembre de 2016.
f.) Dr. Carlos Paúl Villarreal Velásquez, Director General,
Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).
No. 052-CG-2016
EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
Considerando:
artículo 211 atribuye a la Contraloría General del Estado
el control de la utilización de los recursos estatales y de
las personas jurídicas de derecho privado que dispongan
de recursos públicos; y en el 212 número 3, faculta al
Organismo de Control, expedir la normativa para el
cumplimiento de sus funciones;
General del Estado, faculta al Contralor General, delegar
el ejercicio de sus atribuciones y funciones a los servidores
de la institución;
en sus artículos 7 número 5, 31 número 22 y 95 facultan
al Organismo Técnico de Control expedir reglamentos y
demás normativa necesaria para la aplicación del sistema
de control, f‌i scalización y auditoría del Estado;
Que, mediante Acuerdo 031-CG-2015 de 3 de septiembre
de 2015, publicado en la Edición Especial del Registro
Of‌i cial 461 de 18 de enero de 2016, se expidió el Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
Sustitutivo de la Contraloría General del Estado y su
reforma en el artículo 1 del Acuerdo 023-CG-2016 de 30
de mayo de 2016, publicado en el Registro Of‌i cial 782 de
23 de junio del mismo año;

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