Resolución 001-2017-SUBZ2-MTOP - Concédese personería jurídica a la Asociación de Conservación Vial “Cosanga- la Virgen”, domiciliada en el cantón Quijos, provincia de Napo
Fecha de disposición | 07 Marzo 2017 |
Fecha de publicación | 07 Marzo 2017 |
Número de registro | 001-2017-SUBZ2-MTOP |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 957 |
instrumentation | Resoluciones |
16 – Martes 7 de marzo de 2017Registro Ofi cial Nº 957
una vez publicada esta normativa en Registro Ofi cial para
implementar el comité de Tecnovigilancia.
CUARTA.- Los Establecimientos Farmacéuticos y
Establecimientos de dispositivos médicos y reactivos
bioquímicos de diagnóstico in vitro para uso humano
tendrán un plazo de 6 meses una vez publicada esta
normativa en Registro Oficial para implementar el
departamento de Tecnovigilancia.
DISPOSICIÓN FINAL
Encárguese de la ejecución y verifi cación del cumplimiento
de la presente Normativa a la Coordinación General
Técnica de Vigilancia y Control Posterior, por intermedio
de la Dirección Técnica de Vigilancia y Control Posterior
de Establecimientos y Productos, de la Agencia Nacional
de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria – ARCSA.
La presente normativa técnica entrará en vigencia a partir
de su publicación en el Registro Ofi cial.
Dado en la ciudad de Guayaquil el 31 de enerode 2017.
f.) Q.F. Cesar Fra ncisco Moncayo Rojas. Msc., Director
Ejecutivo, Subrogante de la Agencia Nacional de
Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria – ARCSA.
MINISTERIO DE TRANSPORTES
Y OBRAS PÚBLICAS
No. 001-2017-SUBZ2-MTOP
Ing. Pedro Simón López Manitio
SUBSECRETARIO ZONAL 2
Considerando:
Que, acorde a lo preceptuado en los numerales 13 y 17
del artículo 66 de la Constitución de la República del
Ecuador, se reconoce y garantiza el derecho a asociarse y
manifestarse de forma libre y voluntaria y el derecho a la
libertad de trabajo;
Que, el Código Civil concede a las personas naturales
y jurídicas el derecho de constituir corporaciones y
fundaciones, con finalidad social y sin fines de lucro
amparado en lo dispuesto en el Título XXX del libro I;
Que, en el artículo 1 de la Ley Orgánica de Participación
Ciudadana se propicia, fomenta y garantiza el ejercicio
de los derechos de participación de las ciudadanas y
ciudadanos, comunidades y pueblos indígenas, montubios
y afroecuatorianos y demás formas de organización
lícita, con el propósito de fortalecer el poder ciudadano y
sentar las bases para el funcionamiento de la democracia
participativa, así como las iniciativas de rendición de
cuentas y control social;
Que, el artículo 1 del Reglamento para el Funcionamiento
del Sistema Unificado de Información de las
Organizaciones Sociales y Ciudadanas expedido mediante
reformado mediante Decreto Ejecutivo 739 emitido el 3
de agosto de 2015 manifi esta que las personas, comunas,
comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos se
encuentran facultadas para asociarse con fi nes pacífi cos
en toda forma de organización libre, igualitaria, lícita y sin
fi nes de lucro con fi nalidad social, en ejercicio del derecho
constitucional de libre asociación;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 007-2016 el Ing.
Walter Solís Valarezo, Ministro de Transporte y Obras
Públicas, expide el Instructivo para normar los trámites de
las organizaciones sociales que estén bajo la competencia
de esta Cartera de Estado;
Que, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas es
competente para aprobar estatutos y conceder personalidad
jurídica, siempre y cuando cumplan con los requisitos
previstos en los artículos 14 y 15 del referido Reglamento;
Que, el artículo 6 del mencionado Acuerdo Ministerial
establece que los Subsecretarios Zonales, administrarán
los expedientes y expedirán los actos administrativos de
personalidad jurídica, registro de directivas, disolución
y liquidación, entre otros; respecto de las organizaciones
sociales cuya actividad guarde relación con su gestión;
Que, en observancia de las normas vigentes en la
Legislación Ecuatoriana, el señor MILTON RODRIGO
MARTINEZ VIDAL, Secretario Ejecutivo Provisional
de la ASOCIACIÓN DE CONSERVACIÓN VIAL
“COSANGA- LA VIRGEN” se dirige al Ing. Santiago
Zarate, Director Distrital de Napo, solicitando trámite
respectivo para la aprobación del Estatuto de la Asociación
y Concesión de Personería de Jurídica.
Que, mediante memorando Nº MTOP-DDN-2016-1639-
ME, de fecha 07 de Noviembre de 2016, el Ing. Santiago
Zarate, Director Distrital de Napo, remite al Ing. Ángel
Espinel García, Subsecretario Zonal 2, Encargado, como
titular responsable del sector, toda la documentación
respectiva con la fi nalidad de que se conozca y resuelva
la solicitud presentada por el señor Milton Rodrigo
Martínez Vidal, Secretario Ejecutivo Provisional
de la ASOCIACIÓN DE CONSERVACIÓN VIAL
“COSANGA- LA VIRGEN”;
Que, los miembros fundadores de la ASOCIACIÓN DE
CONSERVACIÓN VIAL “COSANGA- LA VIRGEN”,
han discutido y aprobado internamente su Estatuto en
Asamblea General Constitutiva de miembros convocadas
para el efecto el 02 de agosto del año 2016, según
se desprende de la respectiva Acta que se adjunta,
debidamente certificada por el Secretario Ejecutivo y
Secretario de Actas Provisional;
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