Resolución 0004-CNC-2013 - Reajústase el cronograma que contiene los plazos máximos de implementación de la transferencia de la competencia de tránsito, transporte terrestre y seguridad vial del Distrito Metropolitano de Quito

Número de Boletín956
SecciónResoluciones
EmisorConsejo Nacional de Competencias
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2013

CONSEJO NACIONAL DE COMPETENCIAS

Considerando:

Que el artículo 269 de la Constitución de la República establece que el sistema nacional de competencias contará con un organismo técnico, el Consejo Nacional de Competencias, que tiene, entre otras, la función de regular el procedimiento y el plazo máximo de transferencia de las competencias exclusivas, que de forma obligatoria y progresiva deberán asumir los gobiernos autónomos descentralizados.

Que de conformidad con el artículo 264 numeral 6 de la Constitución de la República, en concordancia con los artículos 130 y 55 literal f del COOTAD, los gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos son titulares de la competencia para planificar, regular y controlar el tránsito y transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal.

Que el artículo 125 del COOTAD establece que los gobiernos autónomos descentralizados son titulares de las nuevas competencias exclusivas constitucionales, las cuales se asumirán e implementarán de manera progresiva conforme lo determine el Consejo Nacional de Competencias.

Que mediante Resolución 006-CNC-2012, publicada en el Suplemento del Registro Oficial 712 de 29 de mayo de 2012, el Consejo Nacional de Competencias resolvió transferir la competencia para planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial, a favor de los gobiernos autónomos descentralizados metropolitanos y municipales del país, progresivamente, en los términos previstos en la resolución descrita.

Que en función de las necesidades territoriales cantonales en tránsito, transporte terrestre y seguridad vial, la experiencia de los gobiernos autónomos descentralizados metropolitanos y municipales y requisitos mínimos de sostenibilidad del servicio, la Resolución 006-CNC-2012 estableció tres modelos de gestión diferenciados para el ejercicio de la competencia (A, B, C).

Que de conformidad con el artículo 4 de la Resolución 006-CNC-2012, al Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito se le asignó el modelo de gestión A. Que la disposición transitoria primera de la Resolución 006-CNC-2012, establece que la implementación de la transferencia de la competencia de para planificar, regular y controlar el tránsito, transporte terrestre y seguridad vial al gobierno autónomo descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito deberá efectuarse en un plazo de 0 a 12 meses.

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