Ordenanzas Municipales. Que contiene el presupuesto para el ejercicio económico año 2022

Número de Boletín31
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SANTIAGO DE PÍLLARO
Miércoles 9 de marzo de 2022 Edición Especial Nº 31 - Registro Ocial
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REPÚBLICA DEL ECUADOR
GAD MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE PÍLLARO
SECRETARÍA DE CONCEJO MUNICIPAL
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN SANTIAGO DE PÍLLARO
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 238 inciso primero de la Constitución de la República del Ecuador, en
concordancia con los Arts. 5 y 53 del Código Orgánico de Organización Territorial
Autonomía y Descentralización, establecen que los gobiernos autónomos
descentralizados municipales gozarán de autonomía política, administrativa y financiera.
Que, el Art. 264 último inciso de la Constitución de la República del Ecuador, en
Autonomía y Descentralización, facultan a los gobiernos municipales a expedir
ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones.
Descentralización norman los aspectos referentes a los Presupuestos de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados, en concordancia con los Arts. 97 al 112 del Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, y Normas Técnicas de Presupuesto.
Que, el Art. 304, literal c) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía
y Descentralización establece que el sistema de participación ciudadana se constituye
entre otros aspectos para elaborar presupuestos participativos de los gobiernos autónomos
descentralizados.
Que, la presente ordenanza fue discutida y aprobado por el Órgano Legislativo del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santiago de Píllaro, en dos debates,
de Sesiones Ordinarias del martes 16 de noviembre del 2021 y martes 07 de diciembre
extendida hasta el día jueves 09 de diciembre del 2021; conforme constan en las Actas y
Resolución de Concejo Municipal.
En uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 238, 240 y 264 de la Constitución de
Autonomía y Descentralización y en cumplimiento a los Arts. 97 al 112 del Código de
Planificación y Finanzas Públicas.
Expide la:
ORDENANZA QUE CONTIENE EL PRESUPUESTO DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL SANTIAGO DE PÍLLARO
PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO AÑO 2022
Miércoles 9 de marzo de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 31
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REPÚBLICA DEL ECUADOR
GAD MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE PÍLLARO
SECRETARÍA DE CONCEJO MUNICIPAL
INTRODUCCIÓN
BASE LEGAL
El cantón Píllaro fue creado por Decreto Legislativo del 27 de junio de 1851, promulgado
por Bando de Ambato el 29 de Julio del mismo año.
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santiago de Píllaro es una persona
Jurídica de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera.
Regula su función mediante la siguiente Normativa:
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
Ordenanzas y Reglamentos Municipales;
Normas de Control Interno para las Entidades, Organismos del Sector Público y
Personas Jurídicas de Derecho Privada que Disponen de Recursos Públicos;
Normas Técnicas de Presupuesto.
Ley de Descentralización del Estado y de Participación Social;
Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública y su Reglamento;
Ley de Régimen Tributario Interno y sus Reglamentos;
Ley Orgánica de Servicio Público y su Reglamento; y,
Reglamento Sustitutivo para el manejo y administración de bienes del Sector
Público.
FUNCIONES DEL GOBIERNO AUTÓNOMO:
De acuerdo con el Código de Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, son funciones del GAD Municipal:
Promover el desarrollo sustentable de la circunscripción territorial cantonal, para
garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas
públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales;
Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e
inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y
legales;
Establecer el régimen de uso del suelo y urbanístico, para lo cual determinará las
condiciones de urbanización, parcelación, lotización, división o cualquier otra
forma de fraccionamiento de conformidad con la planificación cantonal,
asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales;
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REPÚBLICA DEL ECUADOR
GAD MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE PÍLLARO
SECRETARÍA DE CONCEJO MUNICIPAL
Implementar un sistema de participación ciudadana para el ejercicio de los
derechos y la gestión democrática de la acción municipal;
Elaborar y ejecutar el plan cantonal de desarrollo, el de ordenamiento territorial
y las políticas públicas en el ámbito de sus competencias constitucionales y en
su circunscripción territorial, de manera coordinada con la planificación
nacional, regional, provincial y parroquial, y realizar en forma permanente, el
seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas
establecidas;
Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la
Constitución y la Ley y en dicho marco, prestar los servicios públicos y construir
obra pública cantonal correspondiente, con criterios de calidad, eficacia y
eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad,
regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad,
participación y equidad;
Regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal, en
coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados,
promoviendo especialmente la creación y funcionamiento de organizaciones
asociativas y empresas comunitarias de turismo;
Promover los procesos de desarrollo económico local en su jurisdicción,
poniendo una atención especial en el sector de la economía social y solidaria,
para lo cual coordinará con otros niveles de gobierno;
Implementar el derecho al hábitat y a la vivienda y desarrollar planes y
programas de vivienda de interés social en el territorio cantonal;
Implementar los sistemas de protección integral del cantón que aseguren el
ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución
y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformación de los
consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos de los
grupos de atención prioritaria. Para la atención en las zonas rurales coordinará
con los gobiernos autónomos parroquiales y provinciales;
Regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio
cantonal de manera articulada con las políticas ambientales nacionales;
Prestar servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no
exista una explícita reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como
la elaboración, manejo y expendio de víveres; servicios de faenamiento, plazas
de mercado y cementerios;
Regular y controlar el uso del espacio público cantonal y, de manera particular.
El ejercicio de todo tipo de actividad que se desarrolle en él, la colocación de
publicidad, redes o señalización;
Crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana municipal con la
participación de la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos

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