Acuerdo 006-CG-2014 - Refórmanse las Normas de control interno para las entidades, organismos del sector público y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos

Número de Boletín178
SecciónAcuerdos
EmisorContraloría General del Estado
Fecha de la disposición20 de Enero de 2014

EL CONTRALOR GENERAL DEL

ESTADO

Considerando:

Que, los numerales 1 y 3 del artículo 212 de la Constitución de la República del Ecuador, establecen como función de la Contraloría General del Estado, dirigir el sistema de control administrativo que se compone de auditoría interna, auditoría externa y del control interno de las entidades del sector público y de las entidades privadas que dispongan de recursos públicos; y, expedir la normativa para el cumplimiento de sus funciones;

Que, el artículo 7 numeral 1 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, faculta al Organismo Técnico de Control, expedir y actualizar las Normas de Control Interno, que sirvan de marco básico para que las instituciones del Estado y sus servidoras y servidores establezcan y pongan en funcionamiento su propio control interno;

Que, en el suplemento del Registro Oficial 87 de 14 de diciembre del 2009 fueron promulgadas las Normas de Control Interno cuyo acuerdo de expedición fue publicado en el Registro Oficial 78 de 1 de diciembre de 2009, para ser aplicadas en las entidades y organismos del sector público y personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos, que se encuentran bajo el ámbito de competencia de la Contraloría General del Estado;

Que, en la sección 408, relativa a la ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS, se ha visto la necesidad de incorporar una norma relativa a la Consultoría de manera que quienes realizan estudios de un proyecto en sus diferentes etapas o preparan los diseños de los proyectos de inversión u obras públicas sean responsables no solo de la calidad de los mismos sino que, además, asuman la responsabilidad de asesorar durante toda la ejecución del proyecto y/o elaborar los planos aclaratorios que sean del caso.

Que, es necesario la actualización de las Normas de Control Interno, incorporando las técnicas modernas sobre la materia; y,

En ejercicio de las atribuciones que le conceden la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado,

Acuerda:

Expedir la siguiente reforma a las normas de control interno para las entidades, organismos del Sector Público y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos.

Art. 1.- A continuación de la norma 408-33 Evaluación ex-post, agregar la siguiente:

408-34 Consultoría

Las empresas de consultoría son empresas de servicios profesionales con experiencia o conocimiento específico que asesoran a...

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