Convenios. Convenio Básico de Funcionamiento entre el Gobierno del Ecuador y Family Care International, INC

Número de Boletín871
SecciónConvenios
EmisorSecretaría Técnica de Cooperación Internacional
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2012

SECRETARÍA TÉCNICA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

CONVENIO BÁSICO DE FUNCIONAMIENTO

ENTRE EL GOBIERNO DEL ECUADOR Y

FAMILY CARE INTERNATIONAL, INC.

La Secretaría Técnica de Cooperación Internacional a nombre y en representación del Gobierno de la República del Ecuador, debidamente representada por la economista Gabriela Rosero Moncayo, en su calidad de Secretaria Técnica de Cooperación Internacional, parte a la que en adelante y para los efectos derivados del presente documento se denominará únicamente como SETECI; y, Family Care International, Inc. Organización No Gubernamental extranjera, persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro, constituida al amparo de la legislación de Estados Unidos de América, debidamente representada por la señora Maritza Paulina Segura Villalva en su calidad de apoderada de conformidad con el instrumento conferido a su favor, el cual se agrega al presente Convenio, parte a la que en adelante y para los efectos derivados del presente Convenio se denominará únicamente como la ORGANIZACIÓN, acuerdan en celebrar el presente CONVENIO BÁSICO DE FUNCIONAMIENTO, el cual constituye ley para las partes.

ARTÍCULO 1

DE LOS ANTECEDENTES

Mediante Decreto Ejecutivo número 699, de 30 de octubre de 2007, publicado en el suplemento del Registro Oficial número 206, de 07 de noviembre de 2007, se creó la Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI), como una entidad pública desconcentrada, por lo tanto con gestión técnica, administrativa y financiera propias, adscrita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES).

Con Decreto Ejecutivo número 429, de 15 de julio de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 246, de 29 de julio de 2010, entre otros aspectos, se cambio la denominación de la Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional por la de Secretaría Técnica de Cooperación Internacional.

Mediante Decreto Ejecutivo número 812, de 05 de julio de 2011, publicado en el Registro Oficial número 495, de 20 de julio de 2011, se cambió la adscripción de la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y se reformó el "Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas de las Organizaciones previstas en el Código Civil y en las Leyes Especiales", confiriendo a la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional las competencias, facultades y atribuciones para suscribir Convenios Básicos de Funcionamiento con las organizaciones no gubernamentales extranjeras y para autorizar el inicio de sus actividades en Ecuador.

De conformidad al Informe Técnico No. 029 de 27 de noviembre de 2012 y aprobado el 29 de noviembre del año en curso y Dictamen Jurídico No. 030 de 05 de diciembre de 2012, la Organización ha cumplido con la presentación de todos los requisitos y el procedimiento determinados en los artículos 17 y siguientes del citado "Reglamento para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas de las Organizaciones previstas en el Código Civil y en las Leyes Especiales", expedido mediante Decreto Ejecutivo número 3054, publicado en el Registro Oficial número 660, de 11 de septiembre de 2002; reformado posteriormente mediante Decreto Ejecutivo número 982, de 25 de marzo de 2008, publicado en el Registro Oficial número 311, de 08 de abril de 2008; y, modificado finalmente con el Decreto Ejecutivo descrito en el numeral anterior.

Mediante Resolución No.072/SETECI/2012 de 05 de diciembre de 2012, la Secretaria Técnica de Cooperación Internacional Subrogante, autoriza la suscripción del Convenio Básico de funcionamiento con la ONG Family Care International, Inc.

Este convenio reemplaza y deja sin efecto al suscrito entre el Gobierno del Ecuador y la ONG Family Care International, el 06 de agosto del año 2007, el mismo que fue publicado en el Registro Oficial número 337 de 15 de mayo de 2008.

ARTÍCULO 2

DEL OBJETO DE LA ORGANIZACIÓN

NO GUBERNAMENTAL EXTRANJERA

De conformidad a sus Estatutos, la Organización tiene como fines "promover el bienestar social y los derechos humanos y disminuir la carga del...

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